La Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio 2025 deberá presentarse a más tardar el martes 31 de marzo de 2026, por lo que las Personas Morales deben revisar cuidadosamente su información contable y fiscal para cumplir oportunamente con esta obligación ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y evitar sanciones, sostuvo José Darío Zamorano Mendoza, presidente del Comité Ejecutivo del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla (CCPEP).
En rueda de prensa, explicó que esta obligación aplica para contribuyentes que tributan en el Régimen General, Régimen Simplificado de Confianza, Régimen Opcional para Grupos de Sociedades, Régimen de los Coordinados, así como el Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras. La declaración se presenta en línea a través del portal del SAT, ingresando con contraseña o e-firma; no obstante, el envío de la declaración se realiza exclusivamente con la e-firma. En caso de resultar un impuesto a pagar, el contribuyente deberá contar con servicio de banca electrónica para realizar el pago correspondiente.
A través de esta declaración anual, las Personas Morales informan al SAT diversos elementos fiscales que permiten determinar el resultado del ejercicio, tales como ingresos acumulables, deducciones autorizadas, pérdidas fiscales pendientes de amortizar, pagos provisionales, retenciones a personas físicas efectivamente pagadas, pagos al extranjero y dividendos, entre otros conceptos. Con base en esta información se determina el resultado fiscal y, en su caso, el impuesto a cargo o el saldo a favor del contribuyente.
En los últimos años, expuso Zamorano Mendoza, la plataforma de declaración anual incorpora información precargada, como ingresos acumulables, retenciones, pagos provisionales, deducciones y pérdidas fiscales. Sin embargo, en caso de detectar inconsistencias o la necesidad de modificar algún dato precargado, será necesario presentar una declaración complementaria y esperar a que el sistema actualice la información. A pesar de este sistema de prellenado, es fundamental que las empresas realicen una conciliación entre la información del SAT y su propia contabilidad, con el fin de evitar discrepancias.
Consecuencias del incumplimiento
En tanto, José Alberto Muñoz Vargas, coordinador de la Comisión de Síndicos del CCPEP, detalló que no presentar la declaración anual o no cubrir el impuesto determinado puede generar diversas consecuencias para los contribuyentes. Entre ellas destacan actualizaciones, recargos, requerimientos por parte de la autoridad fiscal y multas que pueden superar los 50 mil pesos.
No obstante, una de las consecuencias más relevantes es la restricción o cancelación de los Certificados de Sello Digital (CSD), indispensables para la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Sin estos certificados, las empresas no pueden emitir facturas, lo que impacta directamente en su operación y en su relación con clientes y proveedores.
Plan Maestro 2026: nuevas directrices de fiscalización
Paralelamente al cumplimiento de la declaración anual, el SAT ha presentado el Plan Maestro 2026, estrategia institucional que busca fortalecer la atención al contribuyente y mejorar los mecanismos de control fiscal. Este plan se estructura en tres ejes principales.
El primer eje es “Atención honesta, cercana y con calidez”, que contempla programas como “SAT más cerca de ti”, “SAT más rápido, más fácil” y esquemas de orientación para la regularización fiscal. Estas acciones incluyen la habilitación de nueve módulos de atención, oficinas móviles, mejoras en la Ventana Virtual de Atención al Contribuyente, optimización en los tiempos de servicio, fortalecimiento de trámites en línea y ampliación del sistema de citas para revisiones o auditorías. También se prevé orientación especializada para integrar correctamente la información en trámites de devolución de impuestos.
El segundo eje corresponde a un “Esquema de fiscalización transparente y objetivo”, el cual establece criterios específicos para la programación de auditorías. Entre los supuestos que pueden detonar revisiones se encuentran operaciones con empresas factureras o nomineras, simulación de deducciones, omisión en el pago de retenciones a trabajadores, solicitudes de devoluciones improcedentes o tasas efectivas de impuesto inusualmente bajas. El SAT también busca aplicar criterios homogéneos en todas sus oficinas y una fiscalización inteligente, enfocando las revisiones en contribuyentes con irregularidades y evitando actos de fiscalización innecesarios a quienes cumplen correctamente con sus obligaciones.
El tercer eje se enfoca en el combate a quienes venden y compran facturas falsas. Para ello se contemplan revisiones más ágiles para detectar empresas o personas que emiten comprobantes apócrifos, visitas domiciliarias, denuncias ante el Ministerio Público conforme al nuevo tipo penal, y el cobro de contribuciones omitidas a quienes utilicen este tipo de comprobantes.
Ante este contexto, el presidente del CCCPEP, José Darío Zamorano Mendoza, recomendó que las empresas revisen con anticipación su información contable y fiscal, validen los datos precargados en el sistema del SAT y presenten su declaración anual dentro del plazo establecido, con el objetivo de evitar sanciones y asegurar el cumplimiento adecuado de sus obligaciones fiscales.