¿Ir a una embajada es una “causa grave” para renunciar a la FGR? Esto dice la ley

¿Ir a una embajada es una “causa grave” para renunciar a la FGR? Esto dice la ley

Foto: Xinhua

Tras muchas especulaciones, finalmente Alejandro Gertz Manero presentó su renuncia irrevocable como titular de la FGR, dos años antes de concluir su mandato constitucional de nueve años. 

 

En su carta dirigida a la presidenta del Senado, Laura Itzel Castillo Juárez, explicó que la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo lo propuso como embajador de México ante “un país amigo”, lo que le permite continuar su “vocación de servicio público” en una nueva tarea que considera honrosa. 

 

Pero ¿qué dice la ley sobre la renuncia del fiscal general?

 

La normativa mexicana es estricta para proteger la autonomía de la FGR y evitar salidas arbitrarias o motivadas por presiones políticas. El artículo 102, fracción V, de la Constitución establece que el fiscal general sólo puede ser removido por el Ejecutivo Federal por causas graves que establezca la ley y que su renuncia sólo procederá si el Senado la califica como tal y la aprueba por mayoría simple.

 

Esto se detalla en el artículo 24 de la Ley de la Fiscalía General de la República, que regula la renuncia o remoción, la cual debe someterse al Senado para su aprobación y sólo procede si se califica como "causa grave". No es automática ni se concreta únicamente con la voluntad del funcionario, el Senado analiza si cumple con los supuestos legales.

 

 

Dentro de las causas graves, ejemplificadas en la ley y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, incluye peculado, desvío de recursos públicos, conflictos de interés, enriquecimiento ilícito o negligencia en el ejercicio de funciones que afecte la procuración de justicia.

 

Asimismo, la comisión de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, como homicidio, secuestro, corrupción o narcotráfico, según el Artículo 19 constitucional y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Adquirir otra nacionalidad o renunciar a la mexicana, lo que inhabilita para el cargo. Incapacidad total o permanente por más de seis meses, ya sea por enfermedad condición física/mental que impida el ejercicio del cargo por más de seis meses.

 

Y violaciones graves a la Constitución, como omisiones en rendir informes al Legislativo, abuso de poder o incumplimientos que atenten contra la autonomía institucional.
 

El proceso posterior a la aprobación incluye un plazo de 20 días para que el Senado integre una lista de al menos 10 candidatos idóneos, que se envía al Ejecutivo para proponer tres ternas al Senado, quien ratifica al nuevo fiscal por mayoría calificada.

 

 

¿Ser embajador de un "país amigo" es una causa grave?
 

Supuestamente, sí, según la calificación del Senado, que interpretó la propuesta diplomática como una “causa grave” al considerar que Gertz Manero, de 86 años, siga sirviendo al país sin perjuicio para la institución, evitando una remoción forzada que podría revelar conflictos subyacentes, como presuntas omisiones en informes o su edad avanzada.

 

La ley no enumera exhaustivamente todas las causas graves, dejando margen a la interpretación legislativa para casos como este, en que la renuncia se presenta como una transición ordenada honrosa. 

 

Sin embargo, la oposición cuestiona esta interpretación como un tecnicismo para evadir la ley, argumentando que aceptar una embajada huele a renuncia forzada o golpe a la autonomía de la FGR. Senadores de PAN, PRI y MC denuncian opacidad y motivaciones políticas, posiblemente ligadas a investigaciones sensibles. Críticos ven esto como un patrón histórico en que exfuncionarios controvertidos son "exiliados" a embajadas para blindarlos o porque son un estorbo.

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