Armas falsas, consecuencias reales: portar una réplica podría acarrear muchos problemas

Armas falsas, consecuencias reales: portar una réplica podría acarrear muchos problemas

Foto: FreePik

Portar una réplica o arma de utilería en la vía pública puede parecer inofensivo, especialmente para fines lúdicos o estéticos, pero en la realidad, representa un alto riesgo de ser confundido con un arma de fuego real por la autoridad y los ciudadanos.

 

La línea entre una réplica y un delito o un incidente grave es sumamente delgada en Puebla y en todo México.

 

El tema viene a colación por lo sucedido el fin de semana en el centro histórico, luego de la movilización de cuerpos de seguridad por un supuesto robo en una taquería de la calle 5 Poniente, que resultó en que tres personas disfrazadas grababan contenido para TikTok y uno de ellos portaba un arma de fuego de utilería.

 

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¿Es causa de detención y por parte de quién?

 

La respuesta es sí, portar una réplica en la vía pública es una causa de detención o aseguramiento por parte de las corporaciones de seguridad, ya sea la Policía Municipal, la Policía Estatal, e incluso la Guardia Nacional o el Ejército en operativos conjuntos.

 

El riesgo principal radica en la apariencia indistinguible del objeto.

 

Las autoridades, al enfrentarse a una persona que porta lo que parece ser un arma de fuego real, están facultadas a emplear el nivel de fuerza necesario, conforme a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza.

 

Apuntar con una réplica puede ser considerado una "amenaza letal inminente" por el agente, poniendo en peligro la vida de la persona que la porta.

 

Incluso si se comprueba que es una réplica, la persona será detenida inicialmente por alteración del orden público o por una falta administrativa. Si la réplica fue utilizada para cometer o intentar cometer un robo o cualquier otro delito (intimidación, amenazas), el caso escala a un nivel penal, siendo consignada a la Fiscalía General del Estado (FGE) o a la Fiscalía General de la República (FGR) si hay delitos federales relacionados.

 

Las réplicas y armas de utilería, como las de Airsoft o Gotcha (marcadoras), no están catalogadas como armas de fuego en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, por lo que no requieren un permiso de portación o registro de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) para su posesión.

 

Sin embargo, su legalidad tiene una limitante crítica. Aunque su posesión no es un delito federal, portarlas o exhibirlas en la vía pública sin una justificación lícita (como ir o regresar de un campo de juego con el equipo guardado en un estuche cerrado) puede considerarse una falta administrativa o incluso penal a nivel local (estatal o municipal), especialmente si causa alarma o amenaza.

 

Para evitar problemas, la recomendación es transportarlas siempre descargadas, desarmadas y dentro de un estuche o funda cerrada y no exhibirlas bajo ninguna circunstancia en espacios públicos.

 

¿Qué tan fácil es conseguir una?

 

Es relativamente fácil adquirir réplicas, especialmente aquellas destinadas a Airsoft o Gotcha, ya que se venden libremente a personas mayores de edad en tiendas especializadas.

 

La compra legal implica guardar siempre la factura o el comprobante de compra para poder acreditar su origen y uso lícito en caso de ser requerido por la autoridad.

 

Las sanciones varían drásticamente dependiendo del uso que se le dé a la réplica:

 

Si la réplica se porta de manera que cause alarma pública, pánico o alteración del orden sin un fin delictivo se trata de una falta administrativa.

 

El portador podría enfrentar multas (basadas en la Unidad de Medida y Actualización - UMA) y/o arresto administrativo de hasta 36 horas, según el Código Reglamentario Municipal (COREMUN) de Puebla Capital u ordenanzas similares.

 

Pero si la réplica se utiliza para cometer o intentar cometer un delito, como el robo o las amenazas, hay una sanción penal por supuesto.

 

El uso de una réplica es considerado un agravante de violencia moral o intimidación en la comisión del delito de robo. El Código Penal del Estado de Puebla y el Código Nacional de Procedimientos Penales consideran que el daño psicológico a la víctima es el mismo que con un arma real, lo que implica que:

 

  • Las penas de prisión para el delito principal (robo, por ejemplo) se incrementan considerablemente.

 

  • El delito puede requerir prisión preventiva oficiosa, es decir, que el imputado lleve su proceso legal en la cárcel.

 

  • El decomiso de la réplica es obligatorio.

 

De acuerdo con información consultada con abogados, en esencia, ante la ley penal y la autoridad, utilizar una réplica de arma de fuego para un delito equivale a utilizar un arma de fuego real en términos de la violencia moral o intimidación ejercida, resultando en las penas más altas.

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