Chalanes y cobradores, ¿están permitidos a bordo del transporte público?

Chalanes y cobradores, ¿están permitidos a bordo del transporte público?

Foto: Enfoque

Hace unos días a través de redes sociales, se viralizó un video en el que se observa una escena ya cotidiana no solo en Puebla, sino en todo el país. Una golpiza propinada a un joven en inmediaciones de Bosques de San Sebastián, y que cobró relevancia porque uno de los responsables era chofer de transporte público, junto con su “chalán”.

 

 

 

Además de evidenciar la falta de tolerancia, de paciencia y de inteligencia emocional que priva en la actualidad, puso sobre la mesa el tema de los chalanes o cobradores de los que se hacen acompañar los operadores del transporte público, algo que se supone, no está permitido, aunque sigue siendo una práctica común.

 

En el transporte público de Puebla, una de las normas que sigue siendo un tema de discusión es precisamente, la presencia de cobradores o chalanes, así como de cualquier acompañante que se ubique en la parte delantera de las unidades.

 

Aunque esta práctica es común en varias ciudades de México, en Puebla la legislación y las autoridades de tránsito tienen reglas claras al respecto, con el fin de garantizar la seguridad de los pasajeros, evitar posibles accidentes y regularizar el servicio público. Pero, en la mayoría de casos, no se cumple ni se sanciona.

 

De acuerdo con la normativa vigente en el estado de Puebla, los operadores de transporte público no tienen permitido llevar cobradores, chalanes ni ningún acompañante en la parte delantera de la unidad, que es donde se ubica el conductor.

 

Esta disposición está en el Reglamento de Tránsito Municipal y las normas de seguridad de transporte público, que buscan reducir riesgos y hacer más eficiente el servicio.

 

El artículo 65 de dicho reglamento establece que es responsabilidad exclusiva del conductor el control y manejo de la unidad. Permitir que personas ajenas al proceso de conducción se ubiquen en el área de manejo puede resultar en distracciones, tanto para el operador como para los usuarios del servicio.

 

La presencia de personas en la parte delantera del vehículo puede interferir con la visibilidad del conductor, un factor clave para evitar accidentes, y también puede ser un distractor.

 

Permitir que los operadores transporten cobradores o chalanes en el área frontal pone en riesgo la seguridad de todos los involucrados, hasta la de ellos. Entre las principales razones por las cuales esta práctica está prohibida, está por supuesto la distracción mientras se conduce, lo cual incrementa las probabilidades de accidentes o infracciones en la vía pública.

 

En situaciones de emergencia, como un frenado repentino, brusco o una evacuación rápida, la presencia de personas adicionales podría complicar la movilidad dentro del vehículo, generando un ambiente inseguro.

 

Además, al ser el único responsable de la unidad, el conductor debe mantener la atención exclusiva en la vía y en la operación de la unidad. Cualquier intervención ajena podría poner en peligro la seguridad del operador y los pasajeros.

 

La regulación busca que el sistema de transporte público sea más eficiente, recurriendo a métodos como los sistemas de pago electrónico, que minimizan la necesidad de cobradores, como ya sucede con el Sistema RUTA en la capital y la zona conurbada.

 

Hablemos de las sanciones

 

El Reglamento de Tránsito Municipal y las normativas del transporte público en Puebla son claras: si un operador es sorprendido llevando cobradores o acompañantes en la parte delantera de la unidad, será acreedor a diversas sanciones. La pregunta es ¿se están aplicando los operativos para supervisar? En caso de detectar la irregularidad, ¿se están aplicando las sanciones correspondientes?

 

El conductor puede recibir una multa económica significativa que varía dependiendo de la gravedad de la infracción. La cantidad puede variar entre los 500 y 2,000 pesos, dependiendo de las disposiciones locales y del tipo de unidad involucrada.

 

En casos más graves o recurrentes, la Secretaría de Movilidad y Transporte podría retirar la licencia de conducir del operador de forma temporal, lo que afecta su capacidad para seguir operando en el servicio público.

 

La unidad podría ser retirada de circulación por las autoridades, lo que afecta el servicio que presta la empresa y pone en riesgo la estabilidad laboral del operador. Y si el operador reincide en esta práctica, las sanciones pueden incrementarse, incluidas sanciones administrativas y la posibilidad de que la empresa de transporte público enfrente cargos adicionales por no seguir las normativas establecidas.

 

Aunque los cobradores en la parte delantera de las unidades de transporte público fueron comunes en años anteriores, en la actualidad muchos sistemas de transporte han optado por implementar sistemas de cobro electrónico como tarjetas de prepago, aplicaciones móviles o el uso de máquinas de autoventa, que eliminan la necesidad de un cobrador. Esta modernización permite no solo la eficiencia en el servicio, sino también un mejor control sobre los ingresos y la reducción de riesgos asociados con el cobro manual.

 

Además, la presencia de cobradores o chalanes en la parte delantera puede estar vinculada a prácticas informales o incluso al cobro irregular de tarifas, lo que genera un desorden y una falta de transparencia en el servicio. Por ello, las autoridades buscan profesionalizar el transporte público mediante la eliminación de este tipo de prácticas, aunque no todos están acatando la ley.

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