![Menores criminales: la delgada línea entre la adolescencia y la responsabilidad penal](https://imagenpoblana.com//medios/diario/20250209/272314_large.jpg)
La justicia penal para menores de edad ha sido un tema que genera controversia en todo el país, especialmente cuando se trata de jóvenes que, a pocos meses de cumplir 18 años, son acusados de delitos graves.
La diferencia de días o meses entre la mayoría de edad y la condición de ser menor puede marcar un punto crucial en cómo se lleva a cabo su juicio y la condena que se le impone. ¿Es justo que una persona que está a punto de cumplir la mayoría de edad sea tratada bajo el sistema penal juvenil con sus implicaciones legales y de reinserción social, o debería considerarse que, al estar tan cerca de la adultez, debe ser juzgado como un adulto?
Este dilema se intensifica en los casos más graves, donde el crimen cometido —por su naturaleza y magnitud— podría justificar una sentencia severa. El ejemplo más claro de esto es el de la joven influencer Marianne N., quien atacó a puñaladas a la novia de su expareja, Valentina, hasta dejarla gravemente herida, lo que podría considerarse como una tentativa de feminicidio pese a que la presunta agresora cuenta con 17 años.
JUSTICIA PARA VALENTINA !!!
— Alex Flores (@Al3xFlores_) February 9, 2025
Marianne “N” se subió a un avión, planeó su ataque, rastreó, localizó y apuñaló a Valentina ¿y va a salir libre por ser “menor de edad”?
NI MADRES. QUE SE LE JUZGUE COMO ADULTO. pic.twitter.com/sVUb3a0S3f
En este contexto, surge una pregunta clave: ¿deberían los meses o incluso días de diferencia a la hora de cumplir 18 años marcar un cambio en la responsabilidad penal ante la gravedad de los delitos cometidos?
El marco legal: adolescencia vs. adultez penal
El Código Penal Federal establece una distinción clara entre los menores de 18 años y los adultos. Los menores de edad son juzgados bajo el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, creado en 2005.
Este sistema tiene como objetivo la rehabilitación y reintegración del joven al tejido social, partiendo de la premisa de que los adolescentes, por su etapa de desarrollo, no tienen la misma capacidad de discernimiento y responsabilidad que los adultos. Por lo tanto, las penas que se aplican en estos casos suelen ser más flexibles, con énfasis en programas de rehabilitación, y no necesariamente en la privación de libertad.
Sin embargo, este sistema presenta un vacío legal cuando se trata de menores de edad cercanos a los 18 años, sobre todo si el delito cometido es grave, como homicidio, secuestro o violación. En estos casos, el juzgador tiene que decidir si el menor debe ser juzgado como adulto o como adolescente, aunque en muchos casos la decisión recae sobre la cercanía de la fecha de cumplimiento de la mayoría de edad.
Uno de los aspectos más debatidos es si la proximidad de la mayoría de edad —es decir, los meses o incluso días de diferencia— debe marcar una distinción sustancial en el proceso judicial, especialmente en delitos graves. Para los jueces, la decisión sobre si el joven será juzgado bajo el sistema penal de adultos o menores de edad tiene un impacto directo sobre la duración de la pena y el tipo de rehabilitación a la que será sometido.
Un ejemplo reciente en Puebla es el caso de Carlos G., un joven de 17 años acusado de homicidio, cuya fecha de juicio fue marcada justo a pocos meses de cumplir los 18 años. A pesar de que el delito cometido fue de una gravedad considerable, el juez decidió que el acusado debía ser juzgado bajo el Código Penal para Adolescentes, basándose en su edad al momento de la comisión del delito. No obstante, las circunstancias fueron complejas debido a que, en teoría, el joven estaba cerca de ser considerado un adulto legalmente.
“La ley está diseñada para darles a los menores la oportunidad de rehabilitarse, pero cuando se trata de delitos graves, los jueces enfrentan un dilema ético: ¿cómo medir la responsabilidad de un joven que casi ha alcanzado la mayoría de edad?”, explicó en breve entrevista Adriana López, abogada especializada en derecho penal juvenil.
“En algunos casos, la cercanía a los 18 años parece ser un factor determinante, ya que el sistema penal juvenil es menos severo que el penal para adultos. Sin embargo, el hecho de que esté tan cerca de cumplir la mayoría de edad genera dudas sobre si debería ser tratado como un adulto”, añadió.
Para aquellos que argumentan que la edad cercana a los 18 años debería ser un factor decisivo, el tema es claro: la naturaleza del delito y el grado de madurez del individuo deberían ser más relevantes que la fecha exacta de su cumpleaños. De ser juzgado como adulto, un menor podría enfrentarse a una pena más larga y severa, con menos probabilidades de reintegrarse a la sociedad a través de programas de rehabilitación.
Sin embargo, los defensores de los derechos de los menores de edad insisten en que es necesario considerar el entorno y las circunstancias del joven antes de tomar decisiones tan drásticas.
La diferencia de pocos meses en la edad de un menor que ha cometido un delito grave plantea un dilema ético y legal que necesita ser revisado. Si bien el sistema penal juvenil tiene como objetivo la rehabilitación, las penas para los adultos son más severas y con un enfoque de castigo, lo que genera disparidad en la justicia.
El debate sobre si los adolescentes cercanos a los 18 años deben ser tratados bajo un sistema más estricto continúa siendo un tema controversial, ya que la mayoría de las veces, lo que realmente importa es la capacidad de la persona para comprender las consecuencias de sus actos, independientemente de su edad cronológica.