Bando solemne, el reconocimiento final para un gobernador electo

Bando solemne, el reconocimiento final para un gobernador electo

Foto: Enfoque

La presidenta del Instituto Electoral del Estado (IEE), Blanca Cruz García, así como representantes de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, llevaron a cabo la colocación del Bando Solemne con el que declararon, de manera oficial, gobernador electo de Puebla a Alejandro Armenta Mier. Este es un acto protocolario que el árbitro electoral de Puebla está obligado a hacer en cada sexenio.

 

Blanca Cruz encabezó la lectura y colocación del Bando Solemne en Casa Aguayo, el Congreso del Estado, el Palacio de Justicia, sedes de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial respectivamente, así como en el Palacio Municipal, sede del Ayuntamiento de Puebla. Esto obedece a lo que dicta el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Puebla (CIPEEP).

 

 

Si bien es un precepto que está consagrado en la ley de Puebla y se lleva a cabo cada año de elecciones, su contenido permanece incierto para una parte de la población, pues no se sabe qué está escrito en este bando. En términos generales, el Bando Solemne es la última forma de reconocer el triunfo de un candidato como gobernador electo del estado.

 

Esto dice el Bando Solemne

 

En primer lugar, el Bando Solemne se estipula en el artículo 317 del CIPEEP, el cual establece que una vez concluido el cómputo final de la elección de gobernador y resueltos los recursos interpuestos, el Consejo General verificará que se cumplieron los requisitos formales de la elección y, en consecuencia, formulará la declaratoria de validez de la elección.

 

Posteriormente, será tarea del consejero presidente “ordenar la expedición del Bando Solemne para dar a conocer a los habitantes del Estado la declaración de Gobernador electo”. Este se colocará, con la debida formalidad y protocolo que se requiera, en las sedes de los tres poderes del estado, el ayuntamiento de la capital y las de los otros 216 municipios de Puebla.

 

Sobre lo que está escrito, en el primer párrafo se hace saber a la gente los años en que se llevó a cabo el proceso electoral para la elección de gobernador, que en esta ocasión fue entre 2023 y 2024. Se detalla que se agotaron todas las etapas del proceso electoral, desde la preparación de la jornada, hasta el día de los comicios y la declaración de validez de la elección para la gubernatura del estado.

 

Asimismo, se lee que cumplieron con los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza, independencia, paridad de género y máxima publicidad según lo dicta la ley. También se menciona que “de conformidad con lo dispuesto en el artículo 315 del CIPEEP, el Consejo General del IEE con fecha al 9 de junio del 2024, realizó el cómputo final de la elección de la gubernatura”.

 

Al final de este, se lee la aprobación del acuerdo CG/AC-0069/2024, el cual contiene tres considerandos: Primero, el Consejo General es competente para para conocer y pronunciarse sobre el asunto tratado; segundo, efectuaron el cómputo de la elección para la gubernatura y declararon válida la elección de Alejandro Armenta Mier; y tercero, la presidenta del IEE está facultada para expedir la constancia de mayoría que declara ganador a Armenta Mier.

 

Finaliza con la leyenda: “En consecuencia, se pone de su conocimiento que el ciudadano ALEJANDRO ARMENTA MIER es el GOBERNADOR ELECTO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA para el periodo comprendido del 14 de diciembre del 2024 al 13 de diciembre del 2030”.

 

En este caso, el Bando Solemne es el último comunicado oficial por el cual se informa a los ciudadanos quién es el gobernador electo de Puebla, haciendo el anuncio un día antes de que empiece el proceso formal de entrega-recepción para el cambio de administración.

 

No se debe colocar con el Bando Solemne que se coloca a inicios de septiembre en los mismos sitios, las sedes del Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y con el cual se informan sobre las actividades que se llevarán a cabo durante el mes patrio. Ese corresponde a lo que dicta la Ley Orgánica Municipal y lo hace cada municipio informando las distintas ceremonias o festividades del mes patrio.

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