Las redes sociales se han convertido en espacios donde los usuarios ya no sólo comparten sus vidas diarias, sino que ahora también sirven para la publicidad y la difusión de negocios de todo tipo. En lo más reciente, en redes como Instagram se han visto anuncios de supuestas empresas que ofertan productos derivados del cannabis, a pesar de que la planta no es completamente legal en México.
Con diferentes nombres que aluden a farmacias y supuestas medicinas herbales tradicionales, los negocios de cannabis en redes sociales suelen anunciar sus productos a todo el público. En México el estatus legal de la marihuana es incierto, pues aunque ya se declaró inconstitucional su prohibición, todavía no se legisla a nivel federal para terminar con su prohibición total en el país.
En los casos de negocios que promocionan productos derivados de cannabis como aceites, repostería y dulces, o que ofertan la planta, surge la duda de qué tan seguros, regulados y legales son estas empresas. A falta de una normativa clara al respecto, muchas personas desconocen si la compra o el consumo de estos productos tiene alguna repercusión o si incluso son peligrosos para la salud.
La realidad de los negocios de cannabis en redes sociales
La empresa META, matriz de Facebook, Instagram o Threads, es clara al señalar que en sus plataformas está completamente prohibida la difusión de publicidad de productos derivados del tetrahidrocannabinol (THC) o cannabis que contengan componentes sicoactivos. Tampoco permiten los anuncios de parafernalia de drogas, como pipas de agua, papel de fumar o vaporizadores.
En el caso de Estados Unidos, sólo están autorizados los derivados de cannabidiol (CBD) de acuerdo con la legislación con una certificación de LegitScript y un permiso escrito de Meta. En tanto, el cáñamo ingerible y no ingerible son viables para su promoción en los EU, Canadá y México sin la necesidad de una licencia especial de Meta y acorde a lo que dicten las leyes de cada país.
Los anuncios deberán cumplir con las leyes locales, las normas del sector pertinente y las reglas propias de Meta, además de que no pueden incluir afirmaciones donde aseguren que tales productos sirven para tratar, curar, prevenir, mitigar o diagnosticar una enfermedad o afección médica en personas o animales. Y es que con frecuencia se ve que anuncian como terapias o tratamientos para afecciones graves como el cáncer.
No obstante, los comerciantes de estos productos que no operan conforme a la ley se las han ingeniado para saltarse las reglas de las redes sociales y las normas sanitarias del país. Por ejemplo, en X existe una cuenta con horarios de atención de lunes a domingo de 9:00 a las 00:00 horas.
En esta se pueden ver publicaciones donde se ofrecen diez onzas por tan sólo 1,000 pesos, además de vapeadores y otros derivados de marihuana. Si bien muestran la planta abiertamente, en esta y otras plataformas los negocios de cannabis se valen de no hacer explícito el giro del comercio, es decir, no dicen que venden marihuana o derivados, sino que lo disfrazan para que no eliminen sus páginas, además de que no exponen sus precios.
En cuanto a la legalidad de estos, el asunto es más complicado, pues en México la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó en junio del 2021 que la prohibición de la marihuana con fines lúdicos y recreativos es inconstitucional. Esto anuló los artículos de la Ley General de Salud que establecen que la marihuana sólo se autorizaba con fines medicinales y científicos.
Sin embargo, dicha resolución de la máxima instancia de justicia no abrió la puerta a otras actividades como la importación, suministro, comercialización o distribución de marihuana o sus derivados para cualquier persona que lo desee. Lo anterior se reafirma con el hecho de que en el Código Penal Federal dichas acciones todavía son punibles en todo el país.
Sobre la comercialización legal de estos productos, el artículo 245 de la Ley General de Salud establece que “los productos que contengan derivados del cannabis en concentraciones del 1 % o menores de THC y que tengan amplios usos industriales, podrán comercializarse, exportarse e importarse cumpliendo los requisitos establecidos en la regulación sanitaria”.
Es responsabilidad de la Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitir los lineamientos y autorizar a los distribuidores de estos productos. Desde el 2018 la Cofepris autorizó permisos a 38 productos de CBD con cantidades mínimas de THC, 21 de suplementos alimenticios, nueve cosméticos, seis alimentos y dos de materias primas.
En este sentido, solamente las empresas y los productos con autorización de la Cofepris cumplen con lineamientos de sanidad, siendo estos los únicos legales y debidamente regulados y marcados para el consumo seguro. Todos los que no entren en las normas de la institución no se consideran seguros para su consumo y su venta está fuera de la ley.
Por ejemplo, uno de los productos que más ganó popularidad y que incluso llegó a anunciarse en partidos de futbol en televisión abierta a nivel nacional fue el famoso “Mariguanol”. Este solamente contiene CBD, el componente no sicoactivo de la marihuana, además de algunos analgésicos como diclofenaco o ibuprofeno, por lo que entra en lo permitido para comerciales como ungüento.
Se ha sabido que a la marihuana que se vende ilegalmente puede estar contaminada con químicos y metales pesados, tales como cadmio o plomo, sumado a qué también la rocían con sustancias herbicidas, insecticidas, fungicidas y rodenticidas que sirven para eliminar diferentes tipos plagas, aunque no siempre se eliminan del producto final.
La venta de productos de marihuana o sus derivados siguen siendo un problema en todo el país, especialmente en redes sociales, donde los comerciantes pueden operar fuera de la ley sin mayor impedimento y bajo el anonimato. Esto hace que la publicidad también sea más difícil de controlar, pese a las restricciones propias de la ley y de las plataformas, lo que facilita la proliferación de estas “empresas”.