El Congreso del Estado de Puebla inició el proceso de consulta para la Ley de Salud Mental y Adicciones, un ejercicio en el que se escucharán las voces, aportaciones, opiniones y propuestas de las personas para dicha norma. Si bien en muchos casos las leyes y reformas se discuten en el poder Legislativo, en otros se requiere escuchar a la sociedad mediante la elaboración de una consulta.
Los trabajos de la consulta los inició la diputada Azucena Rosas Tapia, presidenta de la Comisión de Salud, quien destacó que con este ejercicio se cumple con lo dictado por la Convención de Derechos para las Personas con Discapacidad para la elaboración de políticas públicas tomando en cuenta la voz de las personas que se ven implicadas, en este caso, quienes viven con una discapacidad.
La consulta también se hace en acatamiento al mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), instancia que determinó que la ley anterior recaía en vicios de inconstitucionalidad. Al igual que con esta ley, otras en el estado de Puebla han requerido el consenso de la población para su posterior aprobación, aunque esto se hace en casos muy específicos o bajo un ordenamiento judicial.
¿En qué casos se deben hacer consultas populares?
Las consultas populares son mecanismos a través de los cuales la gente ejerce su derecho de votar y hacer valer su voz en torno a temas de relevancia nacional o regional, esto con el fin de que puedan incidir en el debate y las decisiones que toma una instancia del estado. En este sentido, la gente tiene el derecho de influir en situaciones que les atañen en la elaboración de políticas públicas.
Estas aplicarán para actos promulgados por el poder Legislativo, como en una ley emitida por el Congreso de la Unión o por los congresos estatales, así como para las acciones del Ejecutivo. En caso de que la consulta la promueva la gente, la SCJN resolverá sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta y si es necesaria para la elaboración de alguna política.
Los únicos actos que no se someterán a una consulta son la restricción de derechos humanos reconocidos por la constitución y los principios del artículo 40, los asuntos relativos a la materia electoral, los ingresos y gastos del estado, seguridad nacional, así como la organización, funcionamiento y disciplina de las Fuerzas Armadas.
En el proceso legislativo, es importante que los legisladores tengan la información relevante para la elaboración de buenas leyes, tomando en cuenta las demandas, necesidades y vivencias de sus representados. La consulta permite recopilar las opiniones de expertos, profesionales en la materia correspondiente, los implicados directamente, así como otros actores relevantes para la ley.
Se hace para no transgredir las garantías fundamentales de las personas vinculadas a una ley. Por ejemplo, la Ley de Salud Mental sujeta a consulta, impulsada por el exdiputado Marcelo García Almaguer, es inconstitucional porque incluía artículos en los que se dictaba que las personas con problemas de salud mental podrían ser internados sin su consentimiento, lo que causó la acción de inconstitucionalidad por parte de la SCJN.
La participación ciudadana fortalece la legitimidad de las leyes, toda vez que con este proceso se evita excluir a quienes no cuentan con los medios para hacerle llegar su opinión a los legisladores. La consulta garantiza que las decisiones del Legislativo o del Ejecutivo no sean arbitrarias y se consideren diferentes voces.
De igual forma, al llevar a cabo consultas populares que involucran a las partes interesadas, se minimiza el riesgo de que una ley recaiga en vicios o errores que contradigan a la constitución antes de que entre en vigor. La consulta se debe difundir de acuerdo a las necesidades de los sectores a los que se destina, por ejemplo, en sistema braille, lenguaje de señas o la lengua originaria que se hable en una comunidad determinada.
Otras leyes que requirieron consulta
El caso de la Ley de Salud Mental y Adicciones no es el primer caso de una ley para la que fue necesaria una consulta popular. Una de las más recientes fue la consulta para la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, un ejercicio en el que participaron distintos sectores poblacionales, como personas con discapacidad, la SEP y demás personas involucradas.
Gracias a esto, las modificaciones que se hicieron abarcan controles de velocidad en vías de escuelas y hospitales a 20 kilómetros por hora, 30 km/h en secundarias y terciarias, 50 en vialidades primarias y hasta 80 km/h en los carriles centrales de las avenidas controladas. También se establecen sanciones por manejar en estado de ebriedad y la obligación de contar con un seguro.
Otro caso fue el de la Ley de Educación del Estado de Puebla, un escenario en el que la SCJN le corrigió la plana al Congreso Local, pues declararon inconstitucionales seis artículos, de acuerdo al archivo 147/2021. El argumento fue que precisamente les faltó una consulta a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como de las personas con discapacidad.
La consulta inició en mayo del 2023 y la aprobación de las reformas a esta ley se dió en septiembre del mismo año. Los cambios sustanciales que derivaron de esta ley incluyeron 22 artículos reformados en materia de educación inclusiva, equitativa y de excelencia para las personas con discapacidad.