Anulan matrimonio religioso tras descubrir que la esposa tenía cuenta de OnlyFans

Anulan matrimonio religioso tras descubrir que la esposa tenía cuenta de OnlyFans

Foto: Freepik

A través de redes sociales, el abogado Enrique Sainz dio a conocer un insólito caso que llevó a la nulidad matrimonial de una pareja en España. Como representante del marido, compartió algunos detalles del proceso y la sentencia del Tribunal Eclesiástico, y señaló que el hecho de que la esposa haya ocultado que tenía una cuenta de OnlyFans provocó la ruptura del matrimonio.

 

Cuando una pareja se casa, se espera que exista transparencia y confianza entre ambos. Sin embargo, en este caso, el ocultar una actividad importante por parte de la esposa fue motivo para que el marido solicitara la nulidad de matrimonio. De acuerdo al abogado, el sujeto descubrió que su esposa tenía un canal activo en la plataforma OnlyFans, conocida por su contenido erótico y pornográfico. Según los detalles, la cuenta había sido creada tiempo antes de que se casaran, pero lo mantuvo en secreto.

 

 

“Hoy quiero compartir con ustedes el resultado de una sentencia dictada por el Tribunal Eclesiástico en virtud de la cual se decreta la nulidad del matrimonio entre mi cliente y la mujer, entre otras cosas porque la mujer tenía una cuenta de Onlyfans, creada antes del matrimonio y la cual mantuvo una vez casados”, explicó Sainz.

 

Para que la Iglesia considere la nulidad matrimonial, deben incumplirse al menos una de las tres premisas que se consideran esenciales para el matrimonio: prometer pasar la vida juntostener hijos y ser fieles. En este caso, el Tribunal Eclesiástico dictaminó que la esposa violó el canon 1101.2 del Código Canónico, faltando a la fidelidad al ocultar información esencial sobre su persona.

 

A pesar de que la mujer alegó que sus fotografías no eran de carácter explícitamente sexual y que usaba la plataforma para “ganarse un dinerillo extra”, el Tribunal consideró que la naturaleza de la red social “OnlyFans” y el ocultar la información constituye una ruptura de la fidelidad.

 

Sainz explicó que, para que se decrete la nulidad, es necesario que se incumpla alguna de las siguientes condiciones: falta de consentimiento, incapacidad sicológica, error sobre la persona, condición oculta, falta de intención o impedimentos dirimentes. En este caso, la falta de intención de fidelidad por parte de la esposa fue suficiente para que el Tribunal Eclesiástico concediera la nulidad matrimonial.

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