El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Mahón, España, condenó a un hombre de la ciudad menorquina por amenazar a su pareja sentimental en lo que se considera violencia de género. La sentencia impuso al acusado 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 16 meses y un día, así como la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima durante el mismo periodo.
Durante una discusión de pareja, el acusado amenazó a su pareja diciendo: "Como se te ocurra decirles a los niños, te los quito, los pierdes y tendrá consecuencias… Si hace falta te mato, pero a los niños no los ves más". Amenazas que lo llevaron a su condena por parte del tribunal.
Sin embargo, antes de que la sentencia fuera dictada, el acusado solicitó un cambio de sexo en el Registro Civil, deseando ser reconocido como mujer y cambiar su nombre por uno femenino. Pero la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Mahón, quien también es la encargada del Registro Civil, desestimó la solicitud en mayo.
La magistrada basó su decisión en la falta de evidencia que demostrara que el solicitante se identificara genuinamente con el sexo femenino. Según la jueza, tanto el comportamiento, como las manifestaciones y la apariencia del acusado no correspondía con el perfil de las personas que verdaderamente solicitan el cambio de género.
Finalmente, la magistrada concluyó que la solicitud de cambio de sexo no era acorde con los objetivos que la ley persigue y sugirió que la intención del acusado no era auténtica en su deseo de ser reconocido como mujer. Por lo tanto, el tribunal rechazó su solicitud, considerando que no existían motivos suficientes para proceder.