Veda electoral: qué sí y qué no se puede hacer en este periodo

Veda electoral: qué sí y qué no se puede hacer en este periodo

Foto: FreePik

El próximo viernes finalmente iniciarán las campañas electorales en la carrera presidencial, terminando el 29 de mayo, es decir, cuatro días antes de la jornada comicial. Lo siguiente en el calendario del proceso es la llamada veda electoral, que abarca del 30 de mayo y el 1 de junio, pero iniciará el 1 de marzo para entes políticos y gubernamentales.

 

En las campañas es cuando los candidatos a la presidencia y el resto de cargos de elección popular explaya sus propuestas, por lo que se considera necesario un periodo de reflexión previo al día de la elección. Es ahí donde entra la figura de la veda, el tiempo que se le da al electorado para comparar propuestas, reflexionar y pensar el voto.

 

No obstante, también es un lapso en el que los partidos políticos, candidatos y quienes ya ostentan un cargo, deben abstenerse de cualquier acto que pueda interpretarse como propaganda para influir en el voto.

 

La veda electoral previo a las votaciones

 

El Instituto Nacional Electoral (INE) lo define como un conjunto de medidas cuyo objetivo generar condiciones para que la ciudadanía reflexione cuál será el sentido de su voto en libertad. En México se establece que inicie tres días antes de la cita en las urnas para dar el tiempo necesario a la meditación sobre a quién se le dará el voto, y termina después de clausuradas las casillas.

 

En estos cuatro días, hay ciertas restricciones sobre lo que puede y no pueden hacer los participantes en el proceso y el resto de políticos. Los candidatos tienen prohibidos todos los actos de campaña y proselitismo electoral, ya sea en físico o a través de redes sociales con la contratación de agentes externos que llamen al voto por algún perfil en específico.

 

Durante este periodo también está prohibido que los gobernantes lleven a cabo actos de propaganda o de sus acciones, aunque en su caso es a partir de que inicien las campañas el 1 de marzo. Lo único que tienen permitido es seguir con programas de índole educativo, de salud y protección civil que hayan sido anunciados con anterioridad.

 

Otro aspecto que deben pausar los gobiernos es la entrega de programas sociales, como las Pensiones del Bienestar para tercera edad y discapacitados, las becas Benito Juárez o la entrega de apoyos alimentarios. Este tipo de programas inclusive se detienen antes, a partir del 1 de marzo, ya que se considera que pueden influir en la intención del voto, por lo que este año los pagos y entregas se adelantan al 29 de febrero.

 

Tampoco deben hacer actos públicos con motivo de inauguración o anuncio de inicio de obras, toda vez que esto entra en el calificativo de propaganda y es violación a la norma. Para este año, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que durante el periodo de campañas hará recorridos por todo el país para supervisar las obras federales, pero no tendrá comunicación directa con ciudadanos ni hará actos públicos.

 

De igual forma, en este tiempo queda completamente restringida la publicación y difusión de encuestas y sondeos de opinión que hagan referencia a las preferencias electorales, pues se consideran intentos de influir en la percepción e intención del voto.

 

¿Qué pasa si se violenta la veda electoral?

 

Si bien existen estas reglas para generar condiciones de igualdad, en los hechos los partidos han ideado formas para saltársela, siendo el caso más recordado el del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), que en 2021 contrató a influencers y celebridades para promocionarlos durante los días de veda.

 

De acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), los partidos que infrinjan la ley se harán acreedores a una amonestaciónretiro de la propaganda señalada o una multa que establecerá el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que es el órgano encargado de mediar en estos escenarios. No obstante, la sociedad también está sujeta a este tipo de sanciones.

 

Si el tribunal así lo considera, los candidatos que hayan infringido la ley podrán recibir una pena con la que se cancela su registro, pero esto dependerá de la gravedad de su infracción.

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