Diputado federal y local, ¿sabes cuál es la diferencia entre uno y otro?

Diputado federal y local, ¿sabes cuál es la diferencia entre uno y otro?

Foto: Cámara de Diputados y Enfoque

Faltan menos de cuatro meses para que se celebre la jornada electoral del 2 de junio, considerada una de las más grandes en toda la historia de México, pues estarán en juego prácticamente todos los cargos de elección popular. Entre estos estarán los puestos de legislación, en los que entran diputados federales y diputados locales, labores que pueden sonar similares, pero tienen sus diferencias.

 

Al referirnos a este tipo de representantes lo usual es evocar a esas imágenes de hombres y mujeres en sus curules sin demasiadas labores, incluso durmiendo en medio de las sesiones. Si bien esto es algo que sucede, en los hechos estos cargos tienen suma importancia para la vida pública del país, aunque en diferentes ámbitos.

 

Diputados federales y locales son cargos que, en términos generales, hacen acciones similares, que incluyen la creación de leyes, modificación o, en su caso, la derogación de alguna de estas. Sin embargo, al estar en dos diferentes órdenes, federal y local, sus facultades y capacidad de injerencia son distintas para cada uno.

 

¿Qué diferencias hay entre uno y otro?

 

La principal labor de los de orden federal es proponer, crear, votar, reformar o suprimir leyes y normas que sean aplicables en todo el territorio nacional. Esto incluye la modificación de los artículos contenidos en la Constitución Mexicana, siempre y cuando se obtenga la mayoría calificada en el Congreso, es decir, dos tercios de los votos de todos los legisladores.

 

La principal diferencia respecto a los locales es el número, ya que en cada estado varía de acuerdo a la densidad poblacional y el número de distritos locales. En cambio, en la federación existen 500 diputados, 300 de mayoría relativa, es decir, electos por el voto directo, mientras que los otros 200 son los plurinominales y todos se congregan en la capital del país, la Ciudad de México.

 

Están encargados de vigilar el actuar del gobierno federal y cómo este influye en los ciudadanos, especialmente en sus representados. Entre sus facultades se enlista la elaboración del Presupuesto de Egresos de la Federación y la Ley de Ingresos de la Federación. Lo primero es la forma en que se gastarán los recursos de los que dispone el gobierno durante un año, y la segunda es la forma en que se recaudarán dichos recursos, incluyendo la adquisición de deuda.

 

Otra de sus encomiendas en la elección de distintos titulares de los distintos órganos del estado, como magistrados, Consejeros del INE o integrantes del Poder Judicial, entre otros. En caso de la muerte del presidente de la República, es su deber hacer el nombramiento de un sustituto o interino, y convocar a elecciones, según sea el caso.

 

Por su parte, los legisladores locales hacen la misma labor, pero esta sólo se limita a los intereses de su respectivo estado. En este sentido, ninguna de las leyes que hacen o reforman puede sobrepasar lo estipulado en las leyes federales que emanan de la Constitución. Su número variará, por ejemplo, en Puebla existen 41 diputados, 26 de mayoría relativa y 15 plurinominales.

 

Asimismo, es su responsabilidad vigilar la manera en que se comporta el Ejecutivo estatal y avalar la creación de los presupuestos del gobierno estatal, que se refiere a la forma en que ejercerán sus recursos durante el año fiscal, a fin de que estos sean dirigidos a las áreas de mayor urgencia para la población.

 

Al igual que los federales, deben revisar las leyes de ingresos del estado y de sus respectivos municipios. Otra de sus funciones es la capacidad de “llamar la atención” de los funcionarios y dependencias de todo el estado, tanto del gobierno estatal como de los municipios. Esto se conoce como exhortos, que son solicitudes para cambiar o revisar su actuar, sin que esto atente contra sus funciones o autonomía.

 

Si se diera la ausencia definitiva del gobernador, por el motivo que sea, son los encargados de nombrar a la persona que lo sustituirá o a quien esté como interino hasta la celebración de otras elecciones.

 

En ambos casos, su máxima prioridad debe ser que cuiden y vigilen la forma en que actúa el gobierno y que reflejen las necesidades de sus electores en los órganos legislativos, tanto en el ámbito federal como en el local.

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