Intercampaña: lo que sí y lo que no está permitido en este periodo

Intercampaña: lo que sí y lo que no está permitido en este periodo

Foto: Enfoque

Hoy finalmente terminan las precampañas presidenciales, aunque una precandidata, Xóchitl Gálvez, culminó la cuya desde el 14 de enero, solo falta la de Claudia Sheinbaum programada para hoy, ya que Jorge Álvarez no hizo precampaña. Ahora lo que sigue en el calendario electoral es el periodo de intercampaña, un lapso de tiempo que recién se creó y del que no está claro qué sí y qué no se puede hacer.

 

Completado el tiempo de las precampañas, iniciado desde el 20 de noviembre y terminado justamente hoy, a partir de mañana y hasta el próximo 29 de febrero tendrá lugar la intercampaña, una figura nueva en el Proceso Electoral Federal (PEF). Naturalmente, las reglas de este proceso son, de momento, poco difundidas y claras para los actores políticos inmiscuidos.

 

Dentro de lo permitido y lo prohibido durante la intercampaña, el Instituto Nacional Electoral (INE) contempla acciones como los solicitados debates entre precandidatas, spots publicitarios y aparición en medios de comunicación masivos. Y es que también es algo que atañe a los medios, pues tienen la responsabilidad de contribuir a que no se violenten las normas.

 

¿Qué sí y qué no se puede hacer en la intercampaña?

 

La intercampaña está pensada como un momento en el que los partidos políticos y sus simpatizantes deben reflexionar y resolver dudas o diferencias en torno a la selección de sus candidatos a cargos de elección popular. También le da tiempo a las autoridades electorales de hacer una revisión minuciosa de los requisitos de las solicitudes de registros para postulaciones.

 

Por lo anterior, los aspirantes a una candidatura no podrán aparecer públicamente en spots promocionales, mesas redondas de diálogo, análisis o en los programas de medios de comunicación que las promocionen indirectamente, esto para radio, televisión o en redes sociales si ya hay presente un o una precandidata. Esto quiere decir que los debates, como los que ha insistido Xóchitl Gálvez con Claudia Sheinbaum, no están permitidos.

 

No obstante, los partidos políticos sí tienen permitido hacer propaganda, siempre y cuando esta sea sólo de carácter informativo. La única condición es que bajo ninguna circunstancia estos podrán mostrar la imagen de alguno de sus aspirantes ni pueden hacer llamados directos al voto en un sentido, ya que esto rompería con la norma de equidad.

 

En el caso de Morena hay un aliciente a su favor al momento de hacer promoción, ya que el INE es claro en decir que las referencias a “la continuidad” no son una violación a la norma. En los casos del PAN y de Movimiento Ciudadano, ellos tienen la facultad de hacer alusión al “cambio” como propuestas alternas de gobierno. Se considera que ninguno de los dos escenarios son “daños graves o irreparables” al principio de equidad, ya que no se pide el voto.

 

De acuerdo con el INE, los promocionales solo pueden hacer alusión a temas relativos a sus documentos básicos, como su declaración de principios, imagen del partido, su ideología y hasta llamados a la afiliación, a fin de que lleguen a la jornada electoral con el mayor número posible de militantes. Todo lo anterior, podrán ponerlo en circulación en todos los medios de comunicación.

 

Otro lineamiento acerca de la publicidad tiene que ver con la difusión de logros y cuestionamientos de gobierno, es decir, Morena podrá resaltar todo lo hecho en los últimos cinco años, mientras que los opositores tienen facultad de criticar. La única contra en este punto es que no se puede nombrar directamente a figuras o partidos, para posicionarlos positiva o negativamente.

 

Lo anterior significa que en el caso de Morena, pueden hablar de cómo ha cambiado el país en la administración actual, sin hacer alusión al presidente. Por el contrario, PAN y MC pueden criticar sin identificar concretamente al gobierno o a la propia Sheinbaum, por ejemplo, para hablar de la caída del metro en 2021.

 

Cabe resaltar que estos lineamientos no atentan contra la libertad de expresión, ya que los medios de comunicación y las candidatas tienen completamente garantizado este derecho. Cualquier medio podrá hacer entrevistas y hablar sobre la actividad de los partidos sin restricciones, con la única prerrogativa de que deben cumplir con las reglas anteriores.

 

Por otra parte, gracias a una determinación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se concluyó que las y los aspirantes a puestos públicos sí podrán asistir a eventos privados y reuniones, una vez más, con la condicionante de no hacer llamados al voto.

 

Los únicos casos en los que podrá adjudicar un acto anticipado de campaña es cuando se cumplan tres características: que sean actos organizados por los partidos o sus militantes, aspirantes o precandidatos; que tengan lugar antes del proceso de selección interno de candidatos; y por último, que el objetivo sea difundir una coalición, plataforma o precandidatura para conseguir la preferencia o voto de los ciudadanos.

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