Una reforma al sistema de pensiones, ¿en qué consiste y qué cambiaría?

Una reforma al sistema de pensiones, ¿en qué consiste y qué cambiaría?

Foto: Freepik

El 7 de enero, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que enviaría una iniciativa al Congreso de la Unión para reformar el sistema de pensiones que se instauró desde el sexenio del expresidente Ernesto Zedillo Ponce de León. Con esto se cambiaría sustancialmente el monto que reciben los jubilados del país, que hoy se estipula de acuerdo con el modelo del ex mandatario priista.

 

AMLO dio a conocer que hará llegar su propuesta al Congreso antes de que termine su mandato, aunque al ser una reforma al artículo 123 constitucional, requiere la mayoría calificada en ambas Cámaras, algo de lo que carecen hoy Morena y sus aliados. Esta es la segunda reforma de esta naturaleza por parte del oficialismo, ya que en 2020 se hizo otra, aunque la de ese año con menos cambios.

 

Regímenes de pensión en la actualidad

 

Hoy en día, en nuestro país, hay dos modalidades de pensión y en ambos casos la pensión se determina por el año en que se empezó la cotización ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El régimen de 1973 aplica para las personas que iniciaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Por su parte, el régimen de 1997, impulsado por Ernesto Zedillo, aplica para todos aquellos que empezaron a partir del 1 de julio de 1997.

 

En el caso de la Ley del 73, para recibir la pensión por vejez se requiere tener los 65 años cumplidos al momento de solicitarla, además de haber cotizado por un mínimo de 500 semanas de trabajo antes el IMSS. Si se cumple con los dos requisitos anteriores, la pensión será del 100 % y el monto que se reciba se calculará tomando en cuenta el sueldo de las últimas 250 semanas, es decir, los últimos cinco años.

 

 

Asimismo, bajo este régimen también existe la posibilidad de pensionarse por cesantía, que aplica para antes del cumplimiento de la edad mínima. Para acceder a esta retribución, los trabajadores deben tener entre 60 y 64 años, lo que determinará el porcentaje otorgado. A los 64 años se dará el 95 %, a los 63 el 90 %; si se tienen 62 años se concederá el 85 %; a los de 61 años se les dará el 80 %; por último, a los 60 años sólo se accede al 75 % de la pensión.

 

Por otra parte, la Ley 97 es diferente, ya que requiere muchos más años y semanas cotizadas para la pensión. A partir del 2021, para recibirla al 100 % se requiere cumplir un total de 750 semanas de cotización, es decir, cerca de 15 años de trabajo; cada año se aumentarán 25 semanas hasta llegar a 1,000 en el 2031.

 

Para hacerse de esta remuneración en la modalidad de vejez, se requiere tener los 65 años ya cumplidos, mientras que para la cesantía son necesarios 60 a 64 años. A diferencia del sistema anterior, el régimen de 1997 consta de aportaciones que deben hacer de manera voluntaria entre los trabajadores, empleadores y el estado en las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores).

 

Quienes se rigen bajo esta modalidad tiene cuatro opciones para pensionarse: renta vitalicia, que es una pensión contratada con una aseguradora dictada por el IMSS y se calcula con el monto acumulado en la Afore, ajustable con la inflación; el retiro programado consiste en la pensión contratada con el Afore y se dará de acuerdo con lo acumulado, los rendimientos y la esperanza de vida estimada.

 

Por su parte, la pensión mínima garantizada se otorga a las personas de 60 a 65 años que hayan cumplido, al menos, 825 semanas en 2024. Por último, la negativa de pensión aplica en caso de tener los 60 años o más y no cumplir los requisitos de cotización, situación en la que el IMSS otorgará una negativa de pensión para retirar de manera íntegra todos los recursos acumulados en la cuenta de Afore.

 

Además de las leyes del 73 y del 97, también hay la posibilidad de acreditar una pensión si se estuvo afiliado al Instituto de Seguridad Social y Servicios de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Con dicha institución se puede acceder a la pensión de tres formas: por vejez, edad y tiempo de servicio y cesantía.

 

En la vejez, los hombres deben acreditar un total de 30 años de trabajo y 58 de edad, mientras que las mujeres requieren 28 de servicio y 56 de edad en 2024, cifra que incrementará hasta llegar a los 60 y 58, respectivamente a partir del 2028. La de edad y tiempo de servicio es para aquellas personas que cuentan con 15 años de trabajo y 60 años, y se dará el 50 % por los 15 años mínimos y de ahí en adelante.

 

Finalmente, la cesantía es para los trabajadores del ISSSTE que cumplieron con un mínimo de diez años de cotización, pero ya alcanzan los 65 de edad. Con esos requisitos sólo se otorgará el 40 % de acuerdo al sueldo, y sólo subirá hasta el 50 % con 70 años cumplidos.

 

¿Qué cambiaría con la reforma de AMLO?

 

La reforma planteada por el jefe del Ejecutivo quiere enmendar la Ley de Sistemas de Ahorro para el Retiro promulgada en 1997, para que en caso de ser aprobada, los trabajadores de todo el país reciban, cuando menos, el equivalente a su salario mientras estaban activos trabajando; no obstante, no dio más detalles de cómo se llevaría a cabo esto, ya que implicaría modificar la administración privada de Afores.

 

AMLO argumenta que los trabajadores del país reciben, “si bien les va”, una pensión de sólo el 50 % de su salario luego de 30 años de trabajo, por lo que deben cambiar dicha situación. Para esto requeriría juntar dos terceras partes de los votos de los diputados y senadores, algo que Morena no acumula ni con el PT y el Verde.

 

Esta se conjugaría con otra que quiere impulsar el mandatario y tiene que ver con el aumento al salario mínimo que entró en vigor el 1 de enero, y con lo que este pago se elevó hasta los 248.93 pesos diarios y 375 pesos en la zona fronteriza. El presidente ha informado que, también antes de dejar el poder, espera que los eventuales aumentos no sean menores a la inflación, algo que quiere elevar a rango constitucional.

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