De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la contribución es una obligación que tienen todos los mexicanos a partir del mandato constitucional. Si bien los impuestos tienen un carácter obligatorio, la recaudación es clave para satisfacer las necesidades colectivas que provee el sector público, tales como la impartición de justicia.
Rumbo a la aplicación del Paquete Económico 2024, enviado el 8 de septiembre de 2023 por el Ejecutivo Federal, expertos detectaron la ausencia de una nueva miscelánea fiscal. Según PWC, la ley de ingresos considera que el ISR aumente 3 puntos, mientras que los ingresos tributarios incrementaran en 6.1 por ciento para el próximo año.
RFC
Tras la Reforma Fiscal de 2022, autoridades realizaron 252 modificaciones al código, de las cuales 90% corresponden a la Ley del impuesto sobre la renta (ISR). Asimismo, establecieron la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como un requisito obligatorio para los ciudadanos mexicanos a partir de los 18 años de edad.
Para obtener la Cédula de Identificación Fiscal de personas físicas, el SAT ofrece un sistema de registro en línea. El trámite de RFC no tiene costo, y requiere llenar un formulario para entregar a la autoridad fiscal incluso aunque la persona no tenga obligaciones fiscales en ese momento.
Constancia de situación fiscal
A continuación, el trámite de Constancia de Situación Fiscal se requiere para proporcionar un documento de registro ante la cédula del contribuyente. Según el portal del SAT, este trámite obligatorio es apto para personas físicas y morales que cuenten con contraseña o firma electrónica.
Firma electrónica
Como parte de las modificaciones en materia fiscal, el SAT estableció la firma electrónica (e.firma) como obligatoria para personas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Cabe mencionar que esta medida recibió una prórroga al 31 de marzo de 2023, con motivo de permitir la obtención de la e.firma en el portal oficial del servicio tributario.
Pago de impuestos
El SAT establece que la obligación fiscal de los mexicanos, con respecto al pago de impuestos, se realizan en dos modalidades: declaraciones mensuales, y declaraciones anuales. Con base en los artículos 31 y 32 del Código Fiscal de la Federación, a más tardar el día 17 del mes posterior al pago, los contribuyentes bajo este régimen deben declarar ISR, Impuesto al Valor Agregado (IVA), y el Impuesto Especial sobre la Producción y Servicios.
Finalmente, con respecto a la declaración anual, este esquema de obligación fiscal se realiza en abril de cada año. Para el trámite obligatorio en modalidad anual, los contribuyentes podrán registrar sus ingresos por salario, deducir impuestos, y presentar cuestiones relacionadas con saldos a favor.
Asimismo, el Gobierno de México estableció que desde el ejercicio fiscal de 2022, las personas bajo el régimen RESICO deben presentar estas declaraciones en el portal oficial. Serán acreedoras a este trámite obligatorio todas las personas que: reciban salarios, servicios profesionales, actividades empresariales, cobro de renta por inmuebles, intereses, adquisición o enajenación de bienes. (NotiPress)