La justicia para adolescentes infractores en México puede resultar controversial dependiendo del punto de vista del que se analice, pues muchas veces existe inconformidad por parte de la sociedad ante las penas que suelen recibir los menores de edad por delitos de alto impacto como pueden ser el homicidio.
Un ejemplo claro es el de Azahara, una joven de 14 años que en marzo de este año fue detenida luego de que asesinó a su compañera de clases, Norma Lizbeth, en un caso de bullying registrado en una secundaria del municipio de Teotihuacán, en el Estado de México.
Fue ayer cuando el Tribunal de Enjuiciamiento dictó una sentencia de tres años de internamiento y una reparación del daño moral por 457,000 pesos a favor de los familiares de la víctima, situación que fue severamente cuestionada tanto por la familia de norma Lizbeth como por varios sectores de la sociedad.
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De acuerdo con entrevistas recabadas por medios nacionales, los familiares de la víctima exigían la sanción mayor que se le puede imponer a un menor de edad por homicidio, que en este caso es de cinco años de internamiento; sin embargo, esto no fue así.
¿Qué es el internamiento y como se establece?
Para poder entender un poco sobre el alcance que tiene la sentencia de Azahara por el asesinato de su compañera de clase durante una riña, tenemos que empezar por explicar a qué se refiere el internamiento en el caso de los menores de edad.
Para los adultos existe el Sistema de Justicia Penal Acusatorio y toda una reglamentación establecida en el Código Penal, tanto federal como de cada entidad; sin embargo, cuando los infractores son menores de edad, se aplica el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.
Esta legislación establece procedimientos legales distintivos que se aplican para menores de entre 12 y 17 años, con la finalidad de que se priorice su reinserción social en lugar de dar paso a un tiempo excesivo de privación de su libertad.
El internamiento es una manera de llamarle al encarcelamiento, pues finalmente los jóvenes infractores están detenidos en cárceles especiales, con programas de retención distintos, así como instalaciones adaptadas para su rango de edad.
Por ejemplo, en Puebla está el Centro de Internamiento Especializado para Adolescentes, coloquialmente conocido como La Granja, donde son internados aquellos jóvenes sentenciados o que están en la espera de que se resuelva su situación legal.
Durante el tiempo que permanecen en estos centros, los menores de edad están bajo la custodia del Estado por lo que se les proporciona ropa, un lugar para dormir y comida; no obstante, deben de llevar a cabo actividades que les permitan aprender herramientas prácticas que le servirán para un oficio y ser capaces de reintegrarse a la sociedad una vez que abandonen este lugar.
En estos sitios solamente hay menores de edad y pueden existir divisiones por áreas no solamente de género sino de edad y peligrosidad con la finalidad de reducir riesgos de alguna pelea entre los adolescentes internados.
¿Cuáles son las penas para adolescentes?
Aunque podría parecer injusto que Azahara únicamente haya sido sancionada con la medida cautelar de internamiento preventivo por tres años, la realidad es que esa es la pena máxima que puede recibir debido a su edad.
El sistema integral de justicia penal para adolescentes establece que los menores infractores de entre 14 y 16 años únicamente pueden ser sometidos a internamiento preventivo por un máximo de tres años, es decir, el tiempo que se le impuso a Azahara.
Los adolescentes de entre 16 y 17 años pueden ser internados hasta por 5 años, mientras que los infractores de 12 a 14 años no pueden recibir una sentencia de internamiento preventivo y se debe de buscar otra forma de brindarles atención psicológica, educativa y de seguimiento con las autoridades competentes.
Además, no todos los menores infractores son internados, pues existe un catálogo de delitos que según su gravedad ameritan, o no, el internamiento preventivo como medida cautelar o sentencia por la comisión de algún delito.
De acuerdo con la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, en su artículo 164, el internamiento preventivo es el castigo máximo que se le puede imponer a un menor de edad cuando se cometen delitos considerados como graves, tales como el homicidio, asociación delictuosa, extorsión, secuestro o terrorismo.
Aunque cada entidad tiene su propio reglamento, la mayoría de los estados están homologados con esta ley, por ello es que podemos ver que en Puebla también han ocurrido casos similares con penas que podrían parecer mínimas.
De acuerdo con datos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, actualmente en Puebla hay 16 adolescentes que están cumpliendo una sentencia por delitos como homicidio, secuestro, lesiones y delitos contra la salud en la modalidad de narcomenudeo.