El divorcio es el proceso legal mediante el cual una o dos personas en una relación deciden dar por concluida la misma. Sin embargo, existen varios tipos de divorcio según la ley vigente de nuestro país.
Actualmente, se puede conceder el divorcio a través de dos vías: la judicial o la administrativa, siendo esta última la más rápida y económica para los cónyuges, pues incluso el trámite puede durar días.
Divorcio judicial
Este divorcio se tramita de forma unilateral, pues cualquiera de los cónyuges puede iniciar el juicio directamente ante un juzgado en materia familiar, quien se encargará de todo el proceso administrativo.
Este tipo de divorcio siempre ha existido, pero anteriormente era necesario que el cónyuge proporcionara una causa válida y lógica para solicitar el divorcio.
Actualmente, no es necesario que el solicitante proporcione algún motivo por el cual quiere divorciarse de su pareja, modificación que se hizo principalmente ante los casos de violencia familiar y con la finalidad de apoyar a las víctimas.
Para su trámite, es necesario que el o los promoventes elaboren una solicitud de divorcio acompañada de la propuesta de convenio que regula cuestiones asociadas al matrimonio, como puede ser la guarda y custodia de los hijos, el derecho de convivencia, la administración de los bienes o la liquidación de la sociedad conyugal.
Tanto la solicitud como los acuerdos establecidos, ya sea de forma particular o a través de abogados por parte de cada uno de los cónyuges, serán evaluados por un juez de lo familiar, quien se encargará de tomar las medidas provisionales.
Si el juez considera que todos los acuerdos tomados entre la pareja son legales, el juez podrá decretar la disolución del vínculo matrimonial, en un proceso que puede durar varios meses, principalmente si alguna de las partes se opone a los convenios.
Divorcio administrativo
Este tipo de divorcio también es conocido como de común acuerdo y se tramita cuando ambos cónyuges aceptan separarse y dar por concluida su relación matrimonial.
Pero, aunque exista común acuerdo entre ambas partes, es necesario que se cumplan ciertos tipos de criterios, como puede ser la inexistencia de hijos o que estos sean menores de edad.
También es necesario que, para proceder con un divorcio administrativo, la mujer no se encuentre embarazada y que la sociedad conyugal, como puede ser la separación de bienes, se encuentre liquidada.
El trámite de este tipo de divorcios es más rápido y barato, pues únicamente se necesita acudir a las oficinas de registro civil con la finalidad de que se procese su trámite y se haga una anotación marginal del estado de divorcio en el acta de matrimonio.
Aunque muchas veces el trámite puede durar hasta un día, en el caso del Estado de Puebla se requiere de una espera de 15 días posteriores al inicio del trámite para esperar las notificaciones correspondientes por parte del encargado del registro civil.