Después de permanecer poco más de dos semanas prófugos, dos de los siete agresores del joven Ernesto Calderón, a quien golpearon afuera de un bar en la zona de Angelópolis, decidieron entregarse voluntariamente ante la Fiscalía General del Estado.
Esto ha provocado diferentes reacciones a través de redes sociales, pues existe la creencia de que entregarse voluntariamente a una autoridad puede traer ciertos beneficios legales para los imputados.
Sin embargo, esto se trata solamente de una creencia, ya que en realidad entregarse voluntariamente ante una autoridad judicial, que previamente emitió una orden de aprensión o presentación, no representa un beneficio en el proceso penal.
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Esta creencia ha permeado en la sociedad, principalmente porque el entregarse voluntariamente sí tiene beneficios legales en el derecho anglosajón, mejor conocido como “Common Law”, que es el sistema de justicia utilizado en países como Estados Unidos y del que muchos mexicanos han tenido acercamiento a través de series o películas.
En el caso mexicano, no existe ninguna atenuante para las personas que se entregan voluntariamente ante una autoridad ministerial, tomando en cuenta que la mayoría de estas ya cuenta con una orden de aprehensión previa.
Retomando el ejemplo de los hermanos que ayer se entregaron ante la Fiscalía por la agresión en la zona de Angelópolis, no sólo contaban con una orden de aprehensión emitida por un juez del estado de Puebla, sino que además contaban con una alerta ante la Interpol para su captura en cualquiera de los países con los que se tiene convenio.
De hecho, la misma Fiscalía informó que si bien los jóvenes se presentaron de forma voluntaria en sus instalaciones, el personal dio cumplimiento a una orden de presentación y fueron puestos a disposición de la autoridad judicial que los requería, es decir, un juez de control.
Es así que este martes se lleva a cabo una audiencia en la cual un juez de control se encargará de definir la situación legal de estos hermanos, quienes al menos estarían siendo señalados de delitos de lesiones, aunque no se descarta que también se les quiera imputar homicidio en grado de tentativa.
En el pasado han existido otros casos, como el de Luis Humberto Ortega Sánchez, sentenciado en 2019 a 50 años de cárcel por el delito de feminicidio cometido en contra de la estudiante de la BUAP, Tania Verónica Luna, cometido el 28 de septiembre de 2016.
En este caso, el autor material del feminicidio permaneció oculto por cerca de una semana en casa de uno de sus familiares, pero tras la presión mediática, lo obligaron a entregarse, ya que su familia reveló el lugar en el cual estaba escondido.
Cuando las autoridades ministeriales llegaron por él, salió voluntariamente del domicilio y se entregó, sin oponer resistencia, pero esto no sirvió como atenuante y se le impuso la pena más alta posible, según el tipo penal establecido en el Código del Estado.