En algunos países las personas que tienen una capacitación en artes marciales o algunas disciplinas de contacto físico, pueden llegar a ser consideradas un arma letal con repercusiones de tipo penal, casi al mismo grado que tiene una pistola o una navaja.
Este fin de semana, fue detenido un sujeto identificado con Fernando N., alias “el Tiburón”, el cual está señalado de golpear a un trabajador menor de edad de un restaurante en San Luis Potosí.
Dicho reporte tiene relación con las artes marciales, ya que el detenido entrenaba algún tipo de disciplina de contacto, por lo que mucho se ha especulado sobre si estos conocimientos pueden ser un agravante en su proceso penal.
#Nacional ???? | La Fiscalía General de San Luis Potosí confirmó la detención de Fernando N., "El tiburón Medina", quien enfrentará cargos por homicidio calificado tras ser captado golpeando a un empleado de un Subway... ????????https://t.co/8sXHj3hUig
— Imagen Poblana (@ImagenPoblana) August 6, 2023
De acuerdo con el Código Penal Federal, una persona no puede ser considerada un arma, esto quiere decir que, a pesar de que una persona esté capacitada en algún arte marcial o deportes de contacto, en ningún momento tendrá la misma letalidad que un arma de fuego o blanca.
En el Código Penal del Estado de Puebla el tener conocimiento en algún arte marcial o disciplina de contacto tampoco tiene una agravante determinada al momento de cometer un delito, por lo que se trata de una apreciación subjetiva.
Haciendo una revisión hemerográfica se halló que, al menos en ningún estado de la República, existe una penalidad superior si la persona detenida tenía conocimiento sobre cómo hacer lesiones específicas utilizando únicamente su cuerpo.
¿Cambia en algo el proceso penal?
Dicho lo anterior, podemos concluir que, de manera técnica y legal, no existe forma de utilizar este tipo de condiciones para agravar la pena de un detenido, aunque sí puede utilizarse para acreditar premeditación o dolo.
Por ejemplo, retomando el caso ocurrido en San Luis Potosí, la fiscalía general de dicho estado ha señalado que se le imputará al detenido el delito de homicidio agravado en grado de tentativa.
Sin embargo, dicha acusación tiene un agravante debido a que la víctima es menor de edad, por lo cual, en prácticamente todos los estados de la república representa motivo suficiente para incrementar la penalidad.
Los conocimientos que tenía esta persona en artes marciales simplemente pueden servir para corroborar que la agresión pudo tener un fin mortal, pero su valoración será meramente subjetiva por parte del juez de control que se encargue de resolver la causa.
De este modo podemos señalar que ninguna persona puede ser considerada un arma, sin importar el tipo de entrenamiento que tenga o las disciplinas que practique.