Con el objetivo de garantizar a toda persona el derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, así como establecer facultades para la planeación, elaboración, aplicación y seguimiento de políticas públicas, la LXI Legislatura del Congreso del Estado aprobó el dictamen mediante el cual se expide la Ley de Cambio Climático del Estado de Puebla.
En el ordenamiento, se establecen las bases de coordinación entre las dependencias de la administración pública estatal con las municipales, de forma que sean efectivas las acciones en materia de resiliencia, mitigación y adaptación al cambio climático; además de crear y fortalecer las capacidades de respuesta de ambos niveles de gobierno.
Al hacer uso de la palabra, la diputada Guadalupe Leal Rodríguez señaló que desde la Comisión de Medio Ambiente se hizo un trabajo que abona a la mitigación del cambio climático, por lo que representa un paso para generar condiciones específicas de mejora en materia de medio ambiente. Además, precisó que a la iniciativa del Ejecutivo se integraron propuestas de diputados.
En sesión ordinaria, el Congreso del Estado también aprobó el dictamen por el que se expide la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de Puebla, que contempla las bases para definir las características del daño resarcible, y aquellas que permitan regular la cuantificación del daño, el procedimiento de reclamación para exigir las indemnizaciones resarcitorias provenientes de la responsabilidad patrimonial del Estado, y los medios de impugnación.
Durante su exposición del dictamen, la diputada Jocelyn Olivares López señaló que esta Ley reglamenta una disposición constitucional de gran relevancia para la vida pública del estado, pues las y los ciudadanos contarán con certeza jurídica para acceder a mecanismos de comprensión por los daños causados por la actividad administrativa irregular.
De igual forma, el diputado Eduardo Alcántara Montiel expuso que esta reglamentación aplica para el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y los órganos autónomos, agregó que la iniciativa busca que haya certeza para pagar indemnizaciones a las y los ciudadanos, que haya una previsión presupuestal para el Estado.
Por otra parte, las y los diputados avalaron el dictamen por el que se reforma la fracción VII del artículo 91 de la Ley Orgánica Municipal, para establecer que son facultades de las y los presidentes proponer al Ayuntamiento, en la primera Sesión Extraordinaria de Cabildo, el nombramiento de las y los titulares de la Secretaría del Ayuntamiento, la Tesorería Municipal, la Contraloría Municipal y de las personas encargadas de las ramas del cuerpo de seguridad pública.
De la misma forma se prevé que, en caso de ausencia definitiva de estos titulares en el cargo, las y los presidentes municipales tendrán hasta 15 naturales para presentar su propuesta al Ayuntamiento y durante este periodo las y los alcaldes designarán a la persona que actuará en suplencia.
En tanto, el Pleno aprobó el dictamen para reformar la fracción VI del artículo 39 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, con la finalidad de precisar que es facultad del Congreso designar a titulares del Órgano Interno de Control de los organismos autónomos.