¿Cuándo deben renunciar los funcionarios que aspiran a la presidencia?

¿Cuándo deben renunciar los funcionarios que aspiran a la presidencia?

Foto: FreePik

Después de meses de especulación y creencias en torno a la sucesión presidencial, finalmente se empiezan a dar señales de cómo será el camino para los aspirantes a la candidatura por la presidencia de la república en Morena. Ayer, el titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) Marcelo Ebrard Casaubón anunció que a partir del 12 de junio dejará su cargo para dedicarse a su campaña.

 

El canciller dio a conocer que lo hace con el objetivo de competir en igualdad de condiciones con los otros aspirantes, así como no incumplir a sus obligaciones en la SRE. Después de esto el mandatario Andrés Manuel López Obrador dio a conocer que los demás interesados en la candidatura también deberán separarse de sus cargos antes de la definición de candidaturas rumbo al 2024.

 

Al margen de lo que suceda en la siguiente reunión del Consejo Nacional de Morena, AMLO dijo que en los próximos días los demás estarían renunciando a sus puestos, probablemente el lunes 12 de junio, al igual que Marcelo Ebrard. Estos acontecimientos se dan en los procesos de dicho partido, pero no es la primera ocasión en que un político en funciones busca otro puesto de elección popular.

 

 

¿Cuándo debe separarse un funcionario público de sus labores para otra aspiración? La jornada electoral a celebrarse el próximo año es significativa porque se darán cambios en todo el país en diferentes instancias. Si hay algún político en activo, debe separarse de su cargo antes de un tiempo que dependerá del puesto del que provenga.

 

En el artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se explican los requisitos para ser elegible como presidente del país. Entre estos se detalla el tiempo en el que deberá separarse un ciudadano de otros cargos en la federación. Por ejemplo, se exige que no se puede ser miembro activo de las fuerzas armadas mexicanas, por lo que se renunciará al menos con seis meses de antelación al día de votación.

 

Por otra parte, si se es secretario o subsecretario de Estado, fiscal general de la República, o titular del Poder Ejecutivo de alguna entidad federativa, la candidatura no será viable a menos de que se separe de dicho puesto con un mínimo de seis meses de anticipación al día de la elección presidencial.

 

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En este sentido, si el secretario de Gobernación Adán Augusto López pretende ser candidato, deberá seguir los pasos de Ebrard y renunciar antes del próximo 2 de diciembre, mismo caso con Claudia Sheinbaum Pardo, jefa de Gobierno de la Ciudad de México, o algún otro gobernador con el mismo interés. Ellos no son los únicos interesados en dicha candidatura, toda vez que varios legisladores se han pronunciado al respecto.

 

Sin embargo, esta no es la única normativa que aborda la vertiente, pues en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) se especifica que si se quiere ser candidato o precandidato presidencial, deberá retirarse de sus funciones como mínimo 90 días antes de la elección, aplicando para otros puestos como legisladores locales, gobernadores o presidentes municipales.

 

Para esto, se debe pedir y aprobar la licencia correspondiente ante el pleno de la respectiva cámara, solo necesitando la mayoría simple de los legisladores presentes, dando lugar a su respectivo suplente. Si se es presidente municipal, el permiso se tramitará ante el cabildo municipal.

 

En el contexto actual, figuras como el senador Ricardo Monreal, la senadora Lilly Téllez o los diputados federales Santiago Creel Miranda y Gerardo Fernández Noroña, deberían dimitir 90 días antes del 2 de junio del 2024. Un aspirante que ya anunció su renuncia para el próximo 12 de junio es Manuel Velasco, senador del Partido Verde Ecologista.

 

Por otra parte, para las personas que fungieron en instancias como la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como magistrados o consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), su tiempo fuera de dichos puestos será al menos de tres años previos al día de la elección presidencial.

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