Esto dice la ley sobre el maltrato a los animales callejeros

Esto dice la ley sobre el maltrato a los animales callejeros

Foto: Enfoque

Pasan los años y el maltrato animal, aunque siempre condenado, sigue siendo una práctica común en México. En redes sociales se hacen virales imágenes y videos de animales, principalmente perros y gatos, que son maltratados y asesinados brutalmente, algunos en situación de calle.

 

El caso más reciente y que causó gran indignación, fue el pasado domingo 28 de mayo en el Estado de México, cuando un sujeto lanzó a un perro callejero a un cazo con aceite hirviendo. El sujeto identificado como Sergio “N”, quien ya está detenido, discutió con el encargado de una carnicería después de exigirle que pagara una cuota de extorsión.

 

El hombre, en estado de ebriedad, discutió y amenazó al comerciante, pero al no lograr su cometido, salió, tomó al perro por sorpresa y lo arrojó al aceite hirviendo. Benito, como lo llamaba la gente, murió no sin antes pasar por un sufrimiento extremo ocasionado por las quemaduras.

 

Después de ser detenido, ahora podría enfrentar una pena que va de tres a seis años de prisión, pues el extenuante dolor que hizo pasar al animal, seis horas según los testigos, lo harían acreedor a la pena máxima en el estado.

 

 

No es la primera vez que se hacen este tipo de acciones contra animales de la calle, pues en otros lugares los han asesinado con machetes, piedras o dándoles comida envenenada. El hartazgo es tal que los ciudadanos también han hecho movilizaciones cuando se dan estos casos, exigiendo todo el peso de la ley contra quienes hacen sufrir así a los animales.

 

¿Cómo se castiga el maltrato a animales de la calle? En Puebla desde el 2018 existe la Ley de Bienestar Animal, en la que se establecen penas a los actos de maltrato contra animales. Sin embargo, en el Título Primero el capítulo VI, referente a los ejemplares en situación de abandono, no hay ningún tipo de especificación referente a las sanciones por maltrato a estos animales.

 

Por otra parte, el Título Segundo en su capítulo IV, explica las sanciones que se aplicarán en casos de maltrato animal. El artículo 65 dicta que se pondrá multa equivalente de veinte a veinte mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), que asciende a 2,074 pesos y hasta 2’074,800 pesos. De acuerdo con el artículo 66, si se comprueba la crueldad, esta se elevará al doble del monto original.

 

Por otra parte, el artículo 470 del Código Penal del Estado establece que se darán penas de seis meses a cuatro años de prisión y multa de 50 a 300 UMAs (5,187 a 31,122 pesos) a quien, con intención cometa actos de crueldad con el fin de provocar dolor a un animal.

 

 

Si los actos culminan en heridas que pongan en peligro la vida del animal, las sanciones subirán a la mitad de lo inicial. En cambio, si terminan con su vida se impondrán de cuatro a ocho años de prisión y multa de 200 a 500 UMAs (20,748 a 51,870 pesos), aumentando un tercio si se efectúan con armas de fuego, explosivos o cualquier medio de violencia.

 

El apartado explica que es contra cualquier animal, incluyendo a los que estén en situación de abandono. Los únicos a los que se excluyen son los que se consideren como “Fauna Nociva” en la Ley de Bienestar Animal. Estos son los que dice el artículo tres de la ley en el párrafo XXV “especies animales que por su naturaleza, número o comportamiento pongan en riesgo la salud o seguridad de los seres humanos”.

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