Si tienes en mente casarte, probablemente te interese saber a fondo la importancia de los tipos de regímenes establecidos para contraer matrimonio y con los cuales se administra el patrimonio de los cónyuges, por ello te explicamos en qué consiste casarse por bienes mancomunados o por bienes separados.
Con el matrimonio se contraen una serie de responsabilidades como pareja y uno de los temas más importantes antes de casarse es decidir sobre el régimen patrimonial, es decir, cómo quieren administrar, aportar y participar de los bienes que se adquieran durante el matrimonio.
La importancia de conocer a fondo los tipos de regímenes establecidos para contraer matrimonio recaen en evitar en un futuro un desbalance financiero o complicaciones tras la ruptura del contrato de matrimonio, en otras palabras, el divorcio.
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Bienes Mancomunados
En este régimen lo que se adquiera después del día de matrimonio civil será propiedad de ambos esposos sin contar aquellos bienes que cada uno tenía antes de casarse. Si alguno de los contrayentes adquirió un bien antes de casarse y está siendo pagado a plazos posteriores al día en que contrajeron nupcias, este será de la persona que lo adquirió. Lo único que tiene excepción es la vivienda y enseres familiares.
De acuerdo con el Colegio Nacional del Notariado Mexicano (CNNM), si se adquieren deudas dentro del matrimonio estas serán responsabilidad de ambos. A diferencia de la separación de bienes, en este régimen sí se comparten las deudas adquiridas y su responsabilidad de cumplimiento.
Algunas excepciones, de acuerdo con el Código Civil Federal se pueden presentar solo si alguno de los implicados llegara a recibir alguna herencia dentro de las fechas del matrimonio, por lo tanto, sigue siendo única y exclusivamente de la persona que la recibió.
Separación de Bienes
En este régimen, todos los bienes que se compren después del día de matrimonio serán de la persona que los adquiera, por lo que cada propietario puede disponer de estos sin pedir autorización, mientras que en las deudas adquiridas dentro del matrimonio, los despachos de cobranza no podrán ir contra las finanzas del otro
La separación de los bienes se puede dar de forma absoluta o parcial, la primera refiere que todas las posesiones se rigen por separación de bienes, mientras la segunda especifica que los bienes que no se designen bajo régimen de separación de bienes se regirán por sociedad conyugal.
¿Cuál conviene más?
Tanto la separación de bienes como la sociedad conyugal pueden modificarse durante el matrimonio adaptándose a las necesidades de ambos cónyuges. Por una parte, la separación de bienes busca que los implicados no pierdan el control sobre su propio patrimonio, mientras que la sociedad conyugal busca la unificación de la administración del patrimonio, asignado por mutuo acuerdo.
Es necesario entender que la elección de los parámetros al momento de contraer matrimonio es una decisión que cada pareja debe tomar con base en sus metas o planes a futuro y solo afecta a la propiedad patrimonial, en caso de tener hijos y recurrir al divorcio estos decidirán de común acuerdo con quién de ellos vivirán los hijos menores de forma permanente o si vivirán por periodos determinados con uno y con otro, así como sobre el régimen de convivencia y de alimentos.