El reto de ampliar sanciones para padres que no pagan pensión alimenticia

El reto de ampliar sanciones para padres que no pagan pensión alimenticia

Foto: Pexels

Diputados del Movimiento de Regeneración Nacional han buscado desde noviembre del año pasado la creación de un Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos, mediante el cual se pueda conocer a las personas que incumplen con sus responsabilidades en el pago de manutención para sus hijos e hijas.

 

La propuesta que ya ha sido presentada en dos ocasiones, no ha logrado pasar de comisiones para ser votado en el pleno, esto a pesar de que en el más reciente intento se planteó que incluso aquellas personas que estén en este padrón, perderán derechos civiles como podría ser el contraer matrimonio.

 

 

La reforma del Código Civil del Estado de Puebla, que se propone a través de esta iniciativa, contempla que es la Dirección General del Registro Civil quién tendría a su cargo este registro de deudores alimentarios morosos, para detectarlos ante cualquier intento de trámite.

 

Aquellas personas que estén en este padrón y que deseen contraer matrimonio, no podrán hacerlo hasta que se acredite ante un juez que han pagado en totalidad los adeudos con sus hijos menores de edad.

 

Además, se señala que todas las personas que hayan dejado de pagar las órdenes alimentarias de sus hijos por más de 90 días, entrarían automáticamente en esta lista, aunque también se promete una rápida eliminación siempre y cuando acrediten que sus pagos ya están al corriente.

 

Pero esta medida incluso es menos lasciva que la que actualmente existe, pues aquellas personas que se niegan a pagar la pensión alimenticia de sus hijos ya pueden ser castigados de forma penal.

 

Actualmente, la ley establece varias medidas para exigir a los padres a pagar sus obligaciones alimenticias, pero, en caso de no hacerlo, existen sanciones legales civiles como puede ser la pérdida de la patria potestad cuando el tutor se haya atrasado por más de 90 días en el pago de la pensión.

 

En el ámbito penal, hay sanciones que van de los tres son los cinco años de prisión, así como multas de 100 a 400 Unidades de Medida de Actualización, esto sumado a una reparación del daño por las cantidades no pagadas durante el tiempo ordenado.

 

Para muchos analistas jurídicos, el principal problema de los juicios de alimentos no recae solamente los deudores, sino en aquellas personas que a través de varias artimañas se niegan a pagar a través de diferentes mentiras.

 

La más común de ellas es declarar que no tiene algún ingreso económico formal para cubrir dichas obligaciones, siendo una de las tretas más utilizadas por la efectividad que tiene ya que la ley señala que una persona queda exenta de cumplir con una pensión alimenticia cuando no tiene los medios materiales para hacerlo.

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