Suprema Corte rechaza penas por portar más de cinco gramos de marihuana

Suprema Corte rechaza penas por portar más de cinco gramos de marihuana

Foto: Enfoque

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de México declaró como inconstitucional la penalización por portar más de cinco gramos de marihuana para consumo personal, pero deberán ser jueces y fiscales quienes determinen si la cantidad es para uso personal o comercial.

 

El fallo declara inconstitucional el artículo 478 de la Ley General de Salud "al impedir que el Ministerio Público determine el no ejercicio de la acción penal cuando se trate de un consumidor del narcótico cannabis sativa, que posea para su consumo personal una cantidad superior a cinco gramos", que como dosis máxima establece la tabla de orientación de la misma legislación.

 

Tres de los cinco ministros que conforman la sala votaron en contra de la validez del artículo, que establece este límite de consumo personal de cinco gramos, con lo cual elimina el castigo por portar una cantidad mayor de marihuana.

 

Sin embargo, el fallo aclara que "no se declara la inconstitucionalidad del tipo penal que prevé la conducta delictiva de posesión simple de narcóticos (cannabis)", establecido en otro artículo de la Ley General de Salud, el anterior 477, "ni la despenalización de determinados estupefacientes o psicotrópicos como objetos del delito".

 

RIESGO DE EXTORSIONES

 

La experta internacional en temas del narcotráfico y fundadora del Instituto RIA para la incidencia en políticas públicas, Zara Snapp, alertó de los riesgos de extorsión y discriminación por el dictamen.

 

En su cuenta de Twitter escribió: "Y la SCJN vota 3-2 a favor del proyecto sobre posesión simple (de marihuana). Esto abre la puerta a la discreción de jueces que va a resultar en mayores actos de discriminación y extorsión. Un paso atrás sin duda".

 

El texto aprobado permite "que la autoridad en la fase correspondiente del procedimiento penal (jueces y fiscales), determine si se actualiza o no la posesión de marihuana para el uso o consumo personal como excluyente del delito, respecto de lo cual tendrá que analizar las circunstancias objetivas del caso y personales del imputado".

 

La sentencia también aclara que el veredicto se refiere únicamente a la marihuana, manteniendo la prohibición para otras sustancias.

 

En junio de 2021, en un fallo histórico, la Suprema Corte mexicana declaró inconstitucional la prohibición de la marihuana, y despenalizó el uso recreativo del cannabis para garantizar el libre desarrollo de la personalidad.

 

En aquel fallo también ordenó al Congreso a legislar una regulación que no había podido aprobar en dos años por desacuerdos de las bancadas, pero desde entonces el tema sigue congelado y actualmente no hay avances en el Poder Legislativo.

 

Los defensores del uso lúdico de la marihuana lamentan que el asunto esté enredado en complejas disputas jurídicas que la gente no comprende, en vez de que el Congreso resolviera con una regulación clara la producción, comercialización y consumo de marihuana, que no está en la agenda.

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