Seguro del viajero, recurso obligatorio del transporte público

Seguro del viajero, recurso obligatorio del transporte público

Foto: Enfoque

Cuando abordas una unidad del transporte público en Puebla y pagas tu pasaje, automáticamente adquieres el derecho a un seguro de viajero que, en teoría, deberá de responder por cualquier lesión derivada de un percance vial; sin embargo, las aseguradoras no siempre responden.

 

El seguro de viajero es una obligación para los concesionarios del transporte público que está establecida en el Artículo 36 de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Puebla.

 

Según el referido ordenamiento legal, para que un vehículo del Servicio Público del Transporte y del Servicio de Transporte Mercantil pueda circular por la infraestructura del Estado, debe cumplir con cuatro requisitos básicos. Uno de ellos es el contar con una póliza de seguro.

 

Este requisito es aplicable también para los vehículos del servicio ejecutivo, es decir, los que operan por plataformas como Uber, DiDi o Cabify, aunque en este caso se detalla que el tipo de póliza debe de ser una póliza de cobertura amplia.

 

La Ley de Movilidad y Transporte también indica que la póliza de seguro debe tener una vigencia anual y que cubra tanto daños a terceros como responsabilidad civil del pasajero, por al menos 283,199 pesos que equivalen a 3,160 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

 

Otra característica que debe tener está previsto en el artículo 92 de la misma ley, donde se estipula que los concesionarios deben contratar un seguro con una institución que esté registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Finanzas.

 

En este mismo ordenamiento, se establece que el operador de la unidad está obligado a proporcionar un boleto de pasajero que acredite el pago de su peaje y sirva como comprobante de que es beneficiario del seguro de viajero.

 

En la realidad, la entrega de boletos de pasajero es una práctica casi extinta, pues muchas rutas no hacen entrega de esto aunque sí cuenten con el seguro de viajero.

 

¿Cómo accedo al seguro?

 

Descubrir si la unidad del transporte público en la que viajas tiene seguro, o no, puede ser un proceso riesgoso, pues como usuario solo podrás saberlo al momento en que lo necesites.

 

Si la unidad en la que viajas sufre algún percance automovilístico, es muy probable que en breve arriben al lugar las autoridades; además, los conductores deberán de llamar a su aseguradora para que empiece con el trámite de evaluar los daños.

 

Los términos y condiciones para aplicar el seguro varían dependiendo de cada empresa; sin embargo, la mayoría coincide en que para que la unidad entre en cobertura deberá de contar con las placas de circulación y número económico sin alterar.

 

Además, el conductor deberá de portar su licencia y tarjetón de circulación y estos documentos deberán de estar vigentes. También se debe demostrar que el conductor no viajaba en estado alterado, es decir, que no iba ebrio o drogado.

 

Si la unidad cumple con esas y otras condicionantes, es muy probable que no tengas problemas en que el seguro acepte hacerse cargo de los gastos médicos que necesites en caso de resultar herido al momento del siniestro.

 

El proceso es automático. La aseguradora se encargará de informar si la póliza se activa y entregará la información correspondiente a los paramédicos, en caso de que sea necesario que una ambulancia te lleve a un hospital.

 

Si la lesión que sufriste no amerita que seas llevado en una ambulancia, también puedes recibir un pase médico para que acudas por tus propios medios a un hospital y seas valorado. Aquí las empresas también fijan diferentes tipos de cobertura, aunque la mayoría cubre atención ambulatoria, hospitalaria, incapacidad temporal y secuelas, todo dentro del monto asegurado.

 

Cuando tuviste un accidente y te retiraste porque no tenías ningún síntoma, pero estos aparecieron horas después, también puedes aplicar tu seguro de viajero, aunque esto puede ser más engorroso pues tendrás que acudir a la Secretaría de Movilidad y Transporte para identificar la unidad y el siniestro.

 

El seguro no es una garantía

 

Imagen Poblana llevó a cabo una revisión hemerográfica sin poder encontrar algún caso donde alguna unidad del transporte público siniestrada por un percance, no haya contado con su póliza de seguro.

 

Esto no implica que no haya casos. Tan sólo en el 2020 la Secretaría de Movilidad y Transporte inició 74 procesos administrativos para revocar permisos a concesionarios, por no contar con la póliza de seguro vigente.

 

El contar con la póliza tampoco se convierte en una garantía de atención, en caso de que la unidad sufra un percance y el usuario necesite atención médica o incluso, gastos funerarios.

 

Por ejemplo, en marzo pasado un vehículo aparentemente particular, volcó en la autopista Puebla-Atlixco, a la altura de Santa Clara Ocoyucan, causando la muerte de dos personas.

 

La unidad, aunque carecía de rótulos y tampoco hacia un viaje de transporte ejecutivo, estaba ofreciendo un servicio pirata de transporte de Puebla a Atlixco; sin embargo, por ese motivo el seguro con el que contaba la unidad no aplicó.

 

Los familiares de una de las víctimas mortales presionaron en búsqueda de justicia, pero no lograron obtener una reparación del daño moral.

 

Otro caso documentado es el de un pasajero de un tráiler, el cual fue impactado por alcance por un autobús de pasajeros de la línea ADO, provocando que la unidad terminara estrellándose contra otro tractocamión.

 

El percance ocurrió el 11 de diciembre de 2020 y la aseguradora del autobús de ADO se hizo cargo de los gastos; sin embargo, uno de los lesionados del tráiler que quedó en medio de la carambola denunció en enero de este año, que el seguro lo abandonó a mitad del tratamiento.

Notas Relacionadas