INAI rechaza creación de padrón de usuarios de telefonía

INAI rechaza creación de padrón de usuarios de telefonía

Foto: Enfoque

El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) de México aprobó por unanimidad rechazar por "inconstitucional" la creación de un padrón de usuarios de telefonía móvil con datos biométricos.

 

"En sesión pública, el Pleno del INAI determinó, por unanimidad, interponer acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil en México (Panaut)", informó el organismo en un comunicado después de la votación unánime de sus siete comisionados, reunidos en sesión plenaria.

 

El organismo autónomo del Estado mexicano se manifestó en contra del decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, promulgada por el Gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, quien promovió la ley, el 16 de abril pasado.

 

"Con la aprobación de este acuerdo, el INAI ejercitará una función que le fue conferida a efecto de exigir el respeto al contenido y alcance de dos derechos humanos, como son el derecho de acceso a la información y la protección de datos personales", dijo la comisionada presidenta del instituto, Blanca Lilia Ibarra.

 

López Obrador promulgó la reforma impulsada por el oficialismo en el Congreso como "un asunto de seguridad" para proteger a la población de usuarios sin registro, que usan líneas telefónicas para cometer delitos y extorsiones, y prometió no usar la información con fines de espionaje ni limitar las libertades civiles.

 

Argumentos en contra

 

El pleno de siete comisionados acordó que la dirección general de Asuntos Jurídicos del INAI actúe como representante legal del organismo, para diseñar y presentar "una acción de inconstitucionalidad" de la reforma ante el máximo tribunal contra la reforma aprobada por el Senado el 13 de abril pasado.

 

El INAI tiene la responsabilidad constitucional y social de apelar ante los magistrados "en contra de las reformas a la Ley de Telecomunicaciones, pues hay razones para cuestionar la constitucionalidad y la convencionalidad de dicha medida", dijo el comisionado Rosendo Evgueni Monterrey Chepov.

 

Entre los argumentos en contra de la ley los comisionados mencionaron "la violación al derecho a la protección de datos personales por no considerar una orden judicial para el acceso a dichos datos".

 

También consideran que violan los principios de "seguridad y certeza jurídica", al otorgar facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en materia de datos personales.

La aplicación de las nuevas leyes también incurriría en una "restricción a la libertad de acceder a información por la obligación de los usuarios de entregar datos personales y datos biométricos para tener derecho al uso de una línea de telefonía móvil".

 

Además, se estaría violando el principio de "no retroactividad", al otorgar facultades al IFT en materia de acreditación de identidad.

 

Finalmente el INAI señala la "incompatibilidad de obligaciones e instrumentos internacionales, como la Convención Interamericana de Derechos Humanos".

 

El pasado 14 de abril, el pleno del Senado de México aprobó con 54 votos a favor, 49 en contra y 10 abstenciones, un dictamen mediante el cual se crea un padrón con los datos biométricos de los usuarios de teléfonos celulares, "con el objetivo de combatir los delitos que son cometidos" a través de su uso.

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