Los expedientes médicos son fundamentales para la práctica médica, pues recopilan a lo largo de años de atención toda la información personal y clínica de un paciente. Es parte de las responsabilidades de los médicos y el sistema de salud, en general, integrar esta información y conservarla, dada su relevancia en el mantenimiento sostenido de la salud de cada paciente. Esto acarrea dificultades que la adopción de Expedientes Clínicos Electrónicos (ECE) podría subsanar.
Tradicionalmente, los expedientes se consignan soportes físicos. Sin embargo, esta práctica podría transformarse radicalmente gracias al auge de la tecnología digital y la creación de plataformas y normativas para la expedición de ECEs. Esto, posibilitará un ecosistema tecnológico y jurídico que podría facilitar el almacenamiento seguro de esta información entre múltiples usuarios autorizados, es decir, los diferentes médicos, consultorios y hospitales a los que acuda.
Principalmente, la ventaja que esto acarrearía para la práctica médica es la posibilidad de evitar errores en diagnósticos y medicación derivados de información incompleta o desactualizada. También podría ayudar a disminuir tiempo y costos asociados a tareas administrativas en consultorios y hospitales, así como ahorro de espacios anteriormente dedicados al almacenamiento de papeleo. Según cifras oficiales, el ahorro podría ascender a 38,000 millones de pesos y la productividad, un 20%.
El organismo encargado de reglamentar y regular la expedición de ECEs es la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) según el marco jurídico consignado desde 2010 en la Norma Oficial Mexicana NOM-024, actualizada en 2012. La misma tiene el objetivo de "garantizar la interoperabilidad, procesamiento, interpretación, confidencialidad, seguridad y uso de estándares y catálogos de la información de los registros electrónicos en salud".
La Norma 024 incluye requisitos que los desarrolladores de software y prestadores de servicios en línea deben cumplir para tramitar expedientes de forma legal en México. Médicos, clínicas y hospitales igualmente están obligados a solicitar servicios exclusivamente a desarrolladores autorizados por la Cofepris, en tanto se ciñan a los estándares de confidencialidad e interoperabilidad semántica y tecnológica.
Ello implica adecuarse a protocolos y normas internacionales como el Health Level 7 (HL7), así como incorporar índices de diagnóstico estándar, por ejemplo, el CIE-10. Estos objetivos y la implementación general de estos servicios se plantean de manera escalonada, primero en consultorios y puestos de trabajos individuales, pasando por bases de datos intra e inter hospitalarias con miras a la construcción de un sistema a nivel nacional.
Actualmente, la Secretaría de Salud de la Ciudad de México ha implementado en 31 hospitales del área metropolitana el Sistema de Administración Médica e Información Hospitalaria (SAHIM), que utiliza el estándar HL7 y ya ha atendido a 339,645 pacientes y emitido 644,880 notas clínicas. Otros casos de éxitos en la digitalización de expedientes incluyen el Instituto Nacional de Cancerología y el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán.
Por el momento, el obstáculo principal parece ser definir y regular de manera más precisa los estándares y prestadores de servicios para alcanzar la universalidad, ya que el mercado es muy variado. Igualmente es importante prestar atención a las dificultades que la adopción de esta tecnología podría conllevar en términos de capacitación de personal, seguridad de datos personales y costos ocultos asociados al mantenimiento.
Entre los prestadores de servicios de expedientes clínicos electrónicos en la nube más populares en México y certificados por la Cofepris se encuentra DAR, Eleonor y Nimbo. Estos se encuentran centrados en soluciones para la práctica particular en lo que se logra la implementación de un estándar que integre la totalidad del sistema de salud mexicano.